20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Un hombre salía con una menor y lo procesaron

El amor no tiene edad, pero la ley sí

La Cámara del Crimen procesó por abuso sexual simple a un hombre que besó a una menor de edad con la que mantenía un vínculo sentimental y había intercambiado mensajes de texto. En primera instancia había sido absuelto.

 

La sala VII de la Cámara del Crimen, con las firmas de Juan Esteban Cicciaro, Mauro Divito y Mariano Scotto, revocó una sentencia de primera instancia y procesó por el delito de abuso sexual simple a un hombre que besó a una menor de edad.

Se trata de la causa “N. M., W. Sobreseimiento. Abuso sexual. Instr. 8/125” en la que en primera instancia se había absuelto a un hombre por el delito de abuso sexual simple contra una menor de edad.

Sin embargo, la cámara revocó esta sentencia y procesó por abuso sexual simple sin prisión preventiva al hombre y trabó embargo sobre sus bienes por 20 mil pesos. Los jueces comprobaron que el hombre tenía una “relación” con una niña a la que besó en la boca.

Según se detalla en el expediente, “una compañera de trabajo” de la tía de la menor le dijo que “había visto a la niña en una parada de colectivos junto a un hombre de unos 40 años”.

La tía llamó a su cuñada, madre de la niña, y le contó lo sucedido. La madre de la menor le explicó que “creía que se trataba de un vendedor de la feria (...) y que tenía la sospecha de que su hija “salía” con un hombre mayor de edad”.

En la causa, los camaristas también corroboraron “la existencia de mensajes de texto entre las partes, que ilustran acerca de la fluida relación mantenida entre el imputado y la niña, la cual deja ver que se trataba de un vínculo con cierta persistencia, particularmente frente a lo dicho por la menor”, consigna el fallo.

Por ello, para los jueces consignaron en la sentencia que “los extremos reseñados se aprecian suficientes para concluir en que la conducta reprochada reúne, en principio, los requisitos típicos previstos por el artículo 119, párrafo primero, del Código Penal, toda vez que se tiene por comprobado que el imputado (...) se habría besado en la boca con ella, accionar que encuadra en los términos del artículo aludido”.

Incluso la menor en su declaración “admitió haber besado al imputado” explica la sentencia, por lo que los camaristas revocaron la sentencia de primera instancia y decidieron procesar al hombre por abuso sexual simple.

 



dju
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menor beso procesado

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