La Justicia chilena ordenó a una cadena de farmacias a que indemnice con casi 6 mil dólares a una familia por haber sustituido los medicamentos recetados a un menor de edad.
En un fallo unánime la Corte de Apelaciones de Antofagasta (Chile) condenó a una cadena de farmacias a pagar una multa en beneficio fiscal y una indemnización por daño moral a clientes, a quienes se le sustituyeron los medicamentos recetados para el tratamiento de un hijo menor de edad.
La sentencia se encuentra firmada por las ministras de la segunda sala, Cristina Araya, Virginia Soublette y Dora Mondaca, quienes condenaron a Salcobrand S.A. a pagar una multa de 25 UTM (unidades tributarias mensuales) y una indemnización de 3 millones de pesos chilenos, unos 5.798 dólares, a favor de Cristián Pereira Concha y Carmen Gloria Flores, padres de un niño al que le sustituyeron los medicamentos recetados.
Los jueces, teniendo en cuenta “los antecedentes y la gravedad de los hechos denunciados por el Servicio Nacional del Consumidor” confirmaron el fallo dictado en la instancia anterior por el Tercer Juzgado de Policía Local de Antofagasta que determinó el daño provocado por el cambio de una receta médica para el tratamiento médico de un hijo de los demandantes.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta entendió que los hechos “pueden constituir un atentado en contra de la salud pública de los consumidores” y, eventualmente “generar consecuencias nefastas en el estado de salud futuro del hijo de los demandantes civiles, a causa del actuar negligente de los dependientes de la farmacia denunciada”.
En primera instancia el magistrado interviniente consignó que “en las cajas de los medicamentos vendidos por dependientes de la denunciada” había “dosis mayores a las recetadas por la médico tratante, lo que sin ninguna duda produjo en el paciente menor de edad consecuencias que, afortunadamente, no llegaron a ser de mayor gravedad, pero que derivan de una grave falta de cuidado y notoria negligencia de quien vendió estos medicamentos alternativos al incurrir en el error antes señalado”.
“Resulta incuestionable que la actuación de la dependiente de la denunciada que vendió los medicamentos alternativos cometió un grave error al indicar dosis que no correspondían a las recetadas por la médico tratante, ni al gramaje de estos medicamentos sustitutos, lo que evidencia una negligencia en su actuar, hechos que causaron un menoscabo tanto al paciente menor de edad como a sus padres, que sufrieron gran aflicción al ver la conducta inusual de su hijo producto de los medicamentos ingeridos en dosis superiores a las normales”, se consigna en el fallo.
Por ello, decidieron confirmar la sentencia y aumentar la indemnización para la familia del menor por “daño moral” que ascendió a 5789 dólares, en pesos chilenos, 3 millones de pesos.