20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El Consejo resolvió no aplicar la Ley de Emergencia Económica

El cuerpo votó una resolución, por unanimidad, por la cual declara que la ley de Emergencia Económica no es aplicable en el ámbito del Consejo de la Magistratura.

 
El Consejo de la Magistratura aprobó hoy por unanimidad una resolución para que la ley de emergencia económica no sea aplicada en su ámbito, en un intento por que el gobierno le gire los fondos suspendidos desde octubre con los cuales se estaban pagando juicios por diferencias salariales de los jueces con sentencia firme.

“La ley que declara en emergencia la situación económico financiera del Estado Nacional no corresponde aplicarla en el ámbito de competencia del Consejo de la Magistratura”, indica la resolución que fue adoptada por unanimidad hoy, en el último plenario del año del cuerpo.

En los fundamentos de la medida se señala que aplicación de la ley impediría el pago de deudas generadas por juicios ganados, con sentencia firme, por jueces y funcionarios referidos a cuestiones salariales.

La partida presupuestaria para el año 2000 contempla la totalidad de la deuda y los compromisos fueron pagados puntualmente hasta el mes de octubre, pero desde ese mes en adelante el Consejo ha quedado sin los recursos necesarios para ejecutar el saldo restante. Por dicho motivo, el Consejo ahora realizará gestiones ante el Ministerio de Economía y la Jefatura de Gabinete de Ministros a fin de que se asignen los fondos pendientes.

Según la lectura de fuentes cercanas al cuerpo, si bien el Consejo adoptó la resolución por la cual declara inadmisible aplicar la ley, desde el Ejecutivo señalan que “no hay plata”. Una salida decorosa al problema sería negociar con el Gobierno para que cubra la partida que está faltando.

La resolución que aprobó el Consejo fue comunicada a la Corte Suprema, quien apoya este criterio. La Corte ya se pronunció en distintas acordadas, como la 96/91, relacionada a los juicios que se ganaron , sobre cancelación de deudas de la justicia, y las 6/96 y 1/97 sobre asignación de jueces en zonas desfavorables, a quienes supuestamente se les debería pagar un sueldo más alto. Hay magistrados que se apoyaron en estas acordadas, hicieron juicio y ahora se les debería pagar.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486