20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El voto de los condenados es un asunto ´supremo´

La Procuración Penitenciaria de la Nación patrocinó la petición de un grupo de personas condenadas a fin de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación habilite una discusión sustantiva acerca de su derecho a votar en las próximas elecciones.

 

Se presentó un recurso extraordinario federal ante un fallo de la Cámara Electoral del 6 de agosto pasado en el que se rechazó un amparo presentado por presos condenados que pretendían ser incluidos en el padrón electoral y poder votar en las próximas elecciones.

El pedido de los presos es para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 12 y 19.2 del Código Penal y 3e. del Código Electoral Nacional. Según explicaron desde la Procuración Penitenciaria “la ley argentina priva de modo automático la capacidad electoral de un individuo como consecuencia accesoria al castigo penal”.

Para la Procuración Penitenciaria, “esta proscripción genérica no respeta la Constitución Nacional que asegura el voto igualitario y universal, ni resulta justificada, al prescindir de un análisis particularizado de la situación concreta de cada elector”, explicaron.

La causa se inició previo a las PASO del 11 de agosto pasado pero el 6 de ese mes la Cámara Nacional Electoral rechazó su planteo, después de una primera negativa de la jueza electoral porteña del 4 de julio.

“La Cámara no clausuró la discusión de fondo, y solo señaló que la ley argentina no era ostensiblemente inconstitucional, por lo que era necesaria una discusión mayor”, explicaron desde el organismo dirigido por Francisco Mugnolo.

El objetivo del organismo es lograr “una votación inclusiva” y por ello presentaron el recurso extraordinario ya que “no solo se está discutiendo una cuestión electoral, sino el modo en que nuestra ley todavía prevé sanciones y castigos asociados a una pena sin mayor reflexión ni debate”.

Esto “indiscriminadamente limitan no solo la aptitud electoral de las personas condenadas, sino otros muchos derechos civiles, hasta incluso, la pérdida misma del lazo familiar de una persona penada con sus propios hijos”, explicaron.

 



dju
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