La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de tres personas que amenazaron con una varilla a otra para robarle. La defensa de los imputados apeló la calificación del delito pero los camaristas confirmaron lo resuelto en primera instancia.
La sala V de la Cámara del Crimen, con las firmas de Mirta López González y Gustavo Bruzzone, confirmó el procesamiento de tres personas que amenazaron a otra con una varilla que simulaba ser un arma de fuego para robarle.
Se trata de la causa “S., P. O. y otros s/procesamiento”, en la que en primera instancia se procesó a tres personas como coautores del delito de robo agravado por su comisión en lugar poblado y en banda y por el uso de arma impropia, en concurso real con encubrimiento calificado por ánimo de lucro, reiterado en cuatro oportunidades.
La defensa de los imputados sostenia que la calificación jurídica asignada a tendría “directa incidencia sobre el instituto de la libertad y otros tales como la suspensión del juicio a prueba, el juicio abreviado, la prescripción, etc.”.
Al mismo tiempo consideró que era “arbitraria, infundada y la mas gravosa de las que el juez tenía a su alcance, lo cual, a su criterio, implicaría la vulneración del principio de racionalidad de los actos de gobierno y del debido proceso (por haberse conculcado los principios pro homine, pro libertate, favor rei, in dubio pro reo y de máxima taxatividad interpretativa)”.
“El reclamo se circunscribió específicamente a la agravante aplicada por la utilización de un arma. Indicó que ni los hechos, ni la prueba de la causa, lo justificarían”, dice la sentencia.
Sin embargo, los magistrados sostuvieron que “el episodio se encuentra consumado pues la damnificada no recuperó la suma de dinero que le fue sustraída, habiendo inclusive perdido de vista por momentos a los imputados”.
En tanto que “en cuanto al uso de la varilla incautada al imputado” (correspondiente al desecho de un destornillador de punta plana) señalaron que “si bien es cierto que la damnificada no observó el objeto duro que se le apoyó, se la intimidó bajo la indicación de que se trataría de un arma de fuego pues le dijo textualmente quedate quieta, porque si no te voy a quemar (sic)”.
Por lo que “es razonable presumir el uso de dicha varilla, en el contexto delictivo investigado, y no el de otro u otros elementos”. Consideraron que no existe arbitrariedad en la selección de la calificación aplicada por el magistrado y confirmaron el procesamiento de los tres imputados.