20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El amparo nuestro de cada día

Mediante una presentación efectuada ante la justicia de la Seguridad Social se reclamó la derogación del decreto que De la Rúa firmó el último día del año.

 
Una acción de amparo tendiente a la derogación del decreto de necesidad y urgencia por el cual se establece un nuevo régimen previsional fue interpuesto hoy durante el primer día de la Feria Judicial ante la Justicia de la Seguridad Social.El pedido sostiene que el decreto 1306/00 por entender que "afecta a las mas importantes directrices constitucionales del país", en tanto "modifica prestaciones y edades" provocando la reducción de los futuros haberes jubilatorios y la extensión de la edad para las mujeres.

La presentación fue formulada por el abogado Ricardo Monner Sans, quien solicitó que se cumpla con el artículo 8 de la Ley de Emergencia Económica y se de intervención al procurador fiscal, así como también al Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino.

En el primero de esos reclamos fundó su pedido de intervención fiscal a raíz de "la gravedad del caso; por la ilegitimidad de la norma y por la ilegalidad constitucional que hay de por medio".El letrado aseguró que el llamado "Pacto de Olivos dio carta de ciudadanía a un engendro que no tenía antes categoría constitucional: los decretos de necesidad y urgencia" que no pueden entenderse como creados "para soslayar la natural tarea legislativa y obtener por vía prohibida lo que se sabe o se sospecha que no contará con el respaldo" del Congreso.

El Decreto, según denunció "modifica prestaciones y edades", empeorando la situación de la mujer y "mejora la rentabilidad de los que mercaron con el buen negocio de la privatización de la seguridad social (las AFJP), pingüe negocio que permite ahora a ellas ser prestamistas de este "blindaje" conseguido para poder pagar al acreedor externo. El acreedor interno -trabajadores, jubilados, pensionados, excluidos, otra vez en ayunas-".

Asimismo, y tras plantear la cuestión federal en torno al tema, Monner Sans advirtió a quienes cuestionen la procedencia de la acción de amparo "invocando la supuesta diferencia entre derechos adquiridos y derechos en expectativa" que se trata de una distinción "doctrinariamente capciosa y de escaso predicamento entre los pensadores jurídicos profundos: o hay derecho o no hay derecho, así, a secas", sentenció.

Por último advirtió que si la Corte Suprema ha dicho, en el caso del ministro Carlos Fayt, que "la norma constitucional sobreviniente que le hubiera obligado a jubilarse no le era aplicable porque agredía un derecho a la permanencia en el cargo que estaba para él consolidado, mucho más debe entenderse frente a un conjunto millonario de personas que resultan agredidas por esta legislación oblicual, de gestación inconstitucional manifiesta".

Por último reclamó al juzgado que se solicite al Congreso informes sobre la existencia de un proyecto de reforma a la ley 24.241 y cuál fue su tratamiento parlamentario, para que en caso de haber existido se investiguen los motivos por los cuales el "Poder Ejecutivo Nacional arrebató el tema para ser legislado por vía de un decreto de Necesidad y Urgencia".



dju / dju
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