22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

La discapacidad motriz no impide ser profe de educación física

El Justicia Federal de San Martín hizo lugar a una acción de amparo presentada por un joven con discapacidad motriz  que se licenció en Educación Física y ordenó a la Universidad de La Matanza a que lo inscriba en el Profesorado.

 

María Isabel Forns, titular del juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín Nº 2 de la provincia de Buenos Aires, hizo lugar a una acción de amparo presentada por un joven con con discapacidad motriz y ordenó a la Universidad Nacional de La Matanza (UNLaM) que lo inscriba en el Profesorado Universitario en Educación Física.

Se trata de la causa “Naranjo, Emiliano Pablo c/ Universidad de La Matanza s/amparo” donde el joven que ya obtuvo su título de Licenciado en Educación Física en la universidad demandada inició una acción de amparo, patrocinado por la Asociación de Derechos Civiles (ADC), ya que la institución negó sistemáticamente su ingreso al Profesorado Universitario.

En una sentencia de primera instancia, que puede ser apelada, la justicia provincial ordenó a la Universidad que lo inscriba en el Profesorado Universitario en Educación Física y tenga por aprobadas todas aquellas materias que requieran rendimientos físicos. Emiliano sólo deberá rendir los aspectos teóricos de las materias adicionales que exige el Profesorado en relación a la Licenciatura.

El fallo, al que tuvo acceso DiarioJudicial.com, la jueza sostuvo que “la negativa de la UNLaM a inscribir a Naranjo en el Profesorado y adecuar el programa de estudios a sus posibilidades viola su derecho de enseñar y aprender garantizado por la Constitución Nacional. La educación como derecho fundamental es una obligación sustantiva del Estado tal como lo establecen los tratados de derechos humanos suscriptos por el país”.

“Negar el pedido de adecuación configura una forma de discriminación y que un trato inclusivo comprende la obligación de capacitar a personas con discapacidad para que sean docentes y provocar un estímulo en ellos”, explica la sentencia.

Y sostiene que “si bien la discapacidad que posee el Lic. Naranjo le impide realizar movimientos corporales (…), puede caminar con bastones canadienses y manejar una computadora que suple las indicaciones con su cuerpo que realizan otras personas que posean motricidad completa”.

Es más, el joven actualmente se desempeña como docente de gimnasia deportiva en el Club Social y Deportivo Paso del Rey en Moreno, Provincia de Buenos Aires.

“La existencia de requisitos físicos cómo condición de idoneidad no debe encubrir una discriminación o concepción educativa autoritaria e irrespetuosa de la dignidad y del valor de la persona humana”, explica la magistrada en la sentencia.

Por todo ello, hizo lugar a la acción de amparo iniciada por el joven y ordenó a la Universidad de La Matanza que lo inscriba en el profesorado y tenga por aprobadas cuatro materias en las que “sólo deba rendir sus aspectos teóricos”.

 



dju
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