28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

El reclamo de un preso con SIDA llegó a La Corte

La Corte Suprema de Justicia hizo lugar a un hábeas corpus interpuesto por un detenido en un Penal de Mendoza quien denunció las condiciones infrahumanas en las que se encuentra alojado.

 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, hizo lugar a un habeas corpus presentado por un detenido portador de HIV quien denunció condiciones infrahumanas de hacinamiento, que lo exponen a afecciones que podrían causarle la muerte en el penal de la provincia de Mendoza donde se encuentra alojado.

La Corte hizo lugar, por una mayoría de 7 votos, al recurso presentado por la fiscal de la Cámara de Apelaciones de Mendoza y ordenaron a ese Tribunal -que había rechazado el habeas corpus- un nuevo pronunciamiento.

En su fallo, la Corte instó a la Cámara Federal de Mendoza a investigar de modo “exhaustivo” las reales condiciones de su detención y que informe de las limitaciones existentes en el penal para la asistencia adecuada de los internos que padecen HIV.

Según el informe fiscal, se trata de un detenido enfermo de Sida, Sergio Orlando Gómez Aguilera, quien se encuentra en la Penitenciaría provincial a disposición del Juzgado número 3 de Mendoza. Gómez Aguilera se encuentra imputado por transporte y comercio de estupefacientes.

El detenido presentó un hábeas corpus manifestando que es portador de HIV y destacando que las condiciones de “suciedad y hacinamiento” que padece en esa unidad penitenciaria “lo exponen a contraer afecciones que teme le causen la muerte”. Asimismo manifestó que “se encuentra alojado con tres personas más en una celda de dos por dos metros en la que permanece encerrado durante 20 horas los días de semana y 24 horas los fines de semana” y que este lugar “carece de sanitarios, por lo que deben hacer las necesidades fisiológicas en botellas y bolsas que son retiradas al día siguiente”.

En tanto, la Cámara Federal de Mendoza confirmó la decisión del tribunal inferior expresando que “a la luz de lo informado por la Penitenciaría Provincial, el paciente se negó a recibir el tratamiento antirretroviral, no existiría un agravamiento ilegítimo en la forma y condiciones en que cumple la privación de la libertad”. Tras este pronunciamiento, la representante del Ministerio Público Fiscal ante la Cámara expresó como agravio en el recurso extraordinario que la resolución es arbitraria por violar la garantía constitucional consagrada en el artículo 18 de la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales.



dju / dju
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