El Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires desestimó una denuncia contra Pablo Mántaras, titular del juzgado en los Contencioso Administrativo y Tributario porteño Nº3. La resolución y sus fundamentos.
El Plenario del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires desestimó una denuncia contra el titular del juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario porteño N° 3, Pablo Mántaras.
Se trata de la causa “SCD s/ Dr. Garavano, Germán, Fiscal General de la CABA s/ Denuncia” donde el fiscal general porteño; Germán Garavano, dio cuenta de “presuntas irregularidades” ocurridas durante una causa tramitada en el juzgado de Mantaras.
En la resolución 242/2013 los consejeros analizaron la actuación del juez en la causa “Bodart, Alejandro s/ GCBA s/ Amparo”.
La Comisión de Disciplina y Acusación emitió dos dictámenes, uno en mayoría y otro en minoría. El de mayoría proponía “la apertura del procedimiento disciplinario para Magistrados e Integrantes del Ministerio Público” contra el magistrado. Mientras que el de minoría proponía el archivo de las actuaciones.
Estos pasaron al plenario que argumentó que el organismo “ha tomado por principio que los asuntos de naturaleza procesal o de fondo exceden el ámbito de su competencia disciplinaria y sólo son susceptibles de revisión a través de los remedios previstos en el ordenamiento procesal”.
“La potestad de este Consejo de la Magistratura se agota en la determinación de las responsabilidades originadas en las conductas que se considere puedan llegar a ser pasibles de sanciones disciplinarias o se configuren como posibles causales de remoción”, explican los consejeros.
Y citando a la Corte Suprema consignan que “no cabe pues, por la vía de enjuiciamiento, intentar un cercenamiento de la plena libertad de deliberación y decisión que deben gozar los jueces en los casos sometidos a su conocimiento”.
Por todo ello decidieron desestimar la denuncia presentada por Garavano contra el magistrado y procedieron al archivo de las actuaciones en el organismo.