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Se promulgó la modificación de la Ley de Jurado de Enjuiciamiento
La Ley 10.194, que modifica el inciso 9) del artículo 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial nº 8435, fue publicada este lunes en el Boletín Oficial de la provincia, gracias a su promulgación mediante el Decreto nº 318, firmado por el Gobernador José Manuel De la Sota. La nueva normativa modifica el régimen de licencias para los magistrados o funcionarios de la justicia local que estén sujetos a un Jury de Enjuiciamiento, y determina que ante la hipótesis de que se encuentren acusados "por supuesta comisión de delitos en el ejercicio de la función y a los efectos de resguardar el prestigio del Poder Judicial, el Tribunal Superior de Justicia podrá otorgar una licencia con goce de haberes, desde el requerimiento previsto en el artículo 341 de la Ley Nº 8123 -Código Procesal Penal-, que no hubiere sido rechazado ni archivado, y hasta tanto quede firme la acusación fiscal. Esta licencia cesará si el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial inadmite la denuncia o, en caso contrario, suspende al enjuiciado”.
El jury de Salta seguirá deliberando el miércoles
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Salta “corrió vista” del pedido de juicio político que se presentó contra Víctor Soria, titular del juzgado de Familia N° 1 de Salta. El magistrado fue denunciado junto con la asesora de incapaces N° 2, Claudia Flores Larsen, por su actuación en una causa en la que frenó el aborto no punible de una menor violada por su padrastro. Los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento corrieron traslado sobre las denuncias al juez y entraron en un cuarto intermedio con respecto a Flores Larsen.