22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Los dichos de la víctima sí importan

La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de un hombre por lesiones leves en una causa por violencia doméstica. Los jueces validaron el testimonio de la mujer como principal prueba.

 

La Cámara del Crimen, con las firmas de Ricardo Matías Pinto, Mario Filozof y Julio Marcelo Lucini, confirmó el procesamiento de un hombre por lesiones a su ex pareja en el marco de una causa por violencia doméstica .

Se trata de la causa “R. B., C. G. s/procesamiento” donde la sala intervino con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado contra el procesamiento que le dictara el juez de la instancia de origen en orden al delito de lesiones leves en concurso real con el de amenazas simples y coactivas.

Según consta en el expediente la versión de la mujer “encuentra sustento en el informe interdisciplinario de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que calificó la situación como de riesgo alto y en los informes médicos que corroboran las lesiones padecidas”.

Por ello los camaristas explicaron que “la prueba más trascendental en la causa son los dichos de la víctima y que los elementos reunidos deben evaluarse bajo la directriz que establece la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)”.

Así, los jueces entienden que las frases vertidas tuvieron idoneidad suficiente para amedrentar a la damnificada, y se ha sostenido en doctrina que “tanto las amenazas como las coacciones tienden a quebrantar la tranquilidad espiritual del individuo”.

Por lo que “el bien jurídico en juego es la libertad individual en su esfera psíquica, que es la libertad de determinarse, de obrar conforme a su propia voluntad. En el delito de coacción se ataca directamente la libertad de determinación del sujeto pasivo, en procura de sustituir su voluntad por la del agente”.

Por todo ello y sin perjuicio de la prueba a producirse, estiman reunidos los extremos probatorios que permiten confirmar el auto de procesamiento apelado.

 



dju
Aparecen en esta nota:
violencia domestica cámara del crimen

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486