El concurso cuestionado es el n° 93 del Ministerio Público Fiscal, destinado a cubrir una vacante de Fiscal ante la Cámara de Casación Penal, el tribunal penal más importante del país.
La medida cautelar fue solicitada a fin de dilucidar si la terna se conformó mediante una evaluación arbitraria de los concursantes.
La acción de amparo fue interpuesta por Mario Villar, actual Fiscal General ante los tribunales en lo Penal Económico.
El tribunal del concurso fue designado por la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien también cumplió la función de Presidenta del mismo.
Al finalizar la evaluación se conformó, mediante una decisión dividida, una terna compuesta por Marcelo Ferrante, Alejandro Alagia y Maximiliano Rusconi.
La evaluación de la mayoría del tribunal no coincide con el dictamen del jurista invitado, quien realiza un dictamen previo al del jurado que debe ser tenido en cuenta para establecer la terna.
El jurado en disidencia, el Profesor Raúl Plee, actual Fiscal de Casación, consideró que la corrección fue arbitraria con relación al concursante Mario Villar, a quien califica como autor del mejor examen escrito, lo cual lo ubicaría en el segundo lugar de la terna. Mientras que la mayoría lo ubica en cuarto lugar, desplazándolo de la misma.
El juez en lo Contencioso Administrativo federal Ernesto Luis Marinelli dictó la medida cautelar, por tres meses, hasta tanto se resuelva el fondo del asunto.
El fundamento es que la mayoría del tribunal del concurso se apartó del dictamen del jurista invitado sin indicar ningún fundamento objetivo para hacerlo y que tampoco expresó ningún criterio objetivamente contrastable para fundamentar la diversa calificación entre los concursantes.
A su vez, destaca que el mismo día en que la Procuración recibió el amparo para formular su descargo, elevó la terna al Poder Ejecutivo. Esta circunstancia resulta un indicio de que debía adoptarse una medida para frenar el concurso.
En el marco de un concurso que está cuestionado, con un juez federal entendiendo en la causa, elevar la terna puede aparecer como un intento de lograr que se nombre a uno de los postulantes antes de que se resuelva la legitimidad del concurso.
Marinelli consideró, entonces, que se daba la "concurrencia de verosimilitud en el derecho invocado y peligro en la demora". Además, sostuvo el magistrado, un concurso de esta índole, "debe desarrollarse rodeado de la mayor transparecia y legalidad, en razón de la función escencial que para el sistema democrático y republicano de gobierno, y la concreción de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, cumplen los integrantes del Ministerio Público Fiscal".
dju
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