04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

AMIA después de Nisman

La Procuración General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, designó al reemplazante del fallecido fiscal especial Alberto Nisman. Se trata de Alberto Gentili, Fiscal General ante los Tribunales Orales de San Martín, que ocupará el lugar hasta el 31 de enero. Qué norma faculta a la cabeza del Ministerio Público Fiscal para elegir a su reemplazante. Cómo se gestó la Unidad Especializada de la causa AMIA.

 

El shock por la muerte del fiscal Nisman no pudo extenderse por mucho tiempo, la tramitación de la denuncia presentada el pasado 7 de enero exige que se encuentre lo más rápido posible un reemplazante.

Alberto Gentili, Fiscal General ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Martín, es el nombre que se encargará de llevar adelante la sensible causa del atentado terrorista a la mutual judía en 1994, por lo menos hasta el 31 de enero, fecha en la que la Procuradora General de la Nación, Alejandra Magdalena Gils Carbó, decidará quién deberá ocupar la silla que dejó vacante Alberto Nisman, siempre y cuando se aplique la Ley Orgánica del Ministerio Público N° 24.946.

“El fiscal general Alberto Nisman había propuesto a su colega como su reemplazo durante la feria de enero de 2015 para garantizar el normal funcionamiento de la dependencia, tal como habitualmente lo hacía”, señaló un comunicado del Ministerio Público Fiscal.

La Ley Orgánica del Ministerio Público N° 24.946, derivación de lo que indica que artículo 120 de la Constitución Nacional, sobre independencia del Ministerio Público, es la que faculta a Gils Carbó a designar reemplazante de los fiscales.

La Unidad Fiscal para la causa AMIA, cuyas actuaciones fueron caratuladas “Telleldín, Carlos Alberto y otros s/homicidio calificado” fue creada en septiembre 2004, por la Resolución del Ministerio Público N° 84 /04. Aunque la resolución fue firmada por el Procurador Fiscal ante la Corte Suprema Eduardo Casal, en ese momento, la Procuración General de la Nación estaba a cargo de Esteban Righi.

La Unidad fue destinada para actuar de manera conjunta o alternativa en la causa “y en todas las demás causas, que guarden relación con ese hecho, así como aquellas relacionadas con el encubrimiento u obstaculización de la acción de la Justicia de la que pueda surgir prueba conducente al mismo objetivo”. En la misma resolución se dispuso designar para integrarla “al señor Fiscal General ante los Tribunales Orales en 10 Criminal Federal de la Capital Federal, doctor Alberto Nisman y al señor Fiscal Nacional en lo Correccional, doctor Marcelo Martinez Burgo”.

El motivo del establecimiento de la Unidad especializada se dio pocos días después del fallo del Tribunal Oral en lo Federal N° 3 de la Capital Federal, que absolvió a todos los imputados por el acto terrorista ocurrido en la mutual judía en julio de 1994, y que dejó el saldo de 85 muertos y más de 200 heridos.

En dicho pronunciamiento se resolvió, entre otras cuestiones, formular denuncia penal contra distintos funcionarios nacionales de los tres poderes, así como también contra particulares, a raíz de diversos episodios investigación de ese hecho tendientes a desviar o entorpecer la investigación de ese hecho”, explica el texto.

A continuación, detalla que “el Tribunal, al adelantar fundamentos, dejó asentado que el magistrado interviniente en la etapa de instrucción ‘se apartó de la búsqueda de la verdad real, incurriendo en comportamientos contrarios al ordenamiento legal; proceder en el que colaboraron, sea por acción u omisión, distintos organismos de los tres poderes del Estado, otorgándole sostén político y/o encubriendo su actuación irregular e ilegal (la indagatoria del 5 de julio de 1996 de Carlos Alberto Telleldín [...] fue la culminación de una actividad irregular del Estado dirigida a obtener un realmente acontecido".

Para la Procuración eI juez instructor, el posteriormente destituido Juan Jose Galeano, se dedicó a “construir” una hipótesis incriminatoria, “pretendiendo atender, de ese modo, las lógicas demandas de la sociedad, a la vez que satisfacer oscuros intereses de gobernantes inescrupulosos”.

“Más allá del resultado de los recursos que las partes pueden interponer, deviene imperativo adoptar sin dilación todas las medidas que sean necesarias, para que se profundice la investigación en todas aquellas causas penales actualmente en trámite, o de aquellas que puedan formarse en el futuro, de los cuales pueda derivarse la producción de prueba que permita individualizar, conforme a las reglas del debido proceso, a los responsables del citado atentado, ya sea como autores, cómplices o encubridores”, indica a continuación la exposición de fundamentos.

Por tal motivo, la Procuración General de la Nación, creó la Fiscalía Especializada, “a fin de asegurar un eficiente y adecuado desempeño de las funciones de este Ministerio Público Fiscal, adoptar aquellas medidas tendientes a un mejor aprovechamiento de los recursos humanos disponibles y favorecer a la defensa de los intereses por los que este organismo debe velar, habida cuenta además, la complejidad y trascendencia pública de los hechos investigados en referencia, los que por su gravedad, han producido las causas de una profunda conmoción tanto en nuestra comunidad como a nivel internacional”. 



matías werner
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muerte nisman reemplazante

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