El magistrado dio por probado que Cabello había violado la prohibición expresa de volver a conducir dispuesta por el tribunal, a raíz de la denuncia efectuada por testigos que lo identificaron.
Cabello está acusado por el delito de "doble homicidio simple con dolo eventual" y excarcelado mediante el pago de una fianza de 500 mil pesos, con la condición expresa de no conducir automóviles.
Cisneros tiene a su cargo la causa por los hechos ocurridos el pasado 30 de agosto en horas de la madrugada, cuando el joven, que conducía un automóvil importado preparado para competencias, se llevó por delante el rodado en el que viajaban la joven veterinaria Celia Caman y su hija Vanina de sólo dos años, las que murieron carbonizadas.
Luego de entregarse anoche en el departamento Central de la Policía Federal, Cabello fue trasladado hoy al Palacio de Tribunales.
Al abandonar el despacho de Cisneros, donde fue notificado de que se le había revocado la excarcelación, Cabello fue atacado a golpes de puño por el marido y padre de las víctimas, Sergio Rosales, quien le asestó, en medio de insultos, dos golpes de puño en el rostro, con un llavero en la mano.
El incidente se produjo antes del mediodía cuando Cabello era trasladado esposado y custodiado por dos policías a una unidad de esta capital.
A pedido de su abogado defensor, Alejandro Novak, Cabello habría prestado una ampliación de su declaración indagatoria, en las que habría intentado deslindar responsabilidades al sostener que en realidad el que manejaba el vehículo en el que lo vieron los testigos era su hermano. Luego vinieron los golpes de Rosales que lo dejaron aturdido.
"No pude contenerme. Es lo menos que pude haber hecho por Celia y por Vanina" dijo Rosales en rueda de prensa.
Cisneros había calificado inicialmente los hechos como "homicidio culposo", pero luego la Cámara de Apelaciones cambió la caratula por el de "doble homicidio simple con dolo eventual".
COMENTARIO SOBRE LA DETENCIÓN DEL JOVEN SEBASTIÁN CABELLOPor Silvia Raffo
El juez de instrucción Cisneros, que interviene en el sumario por el supuesto doble homicidio cometido en un accidente de transito contra una madre y su hija, revocó la exención de prisión que se le había concedido con anterioridad al procesado, el joven Sebastián Cabello.
La revocación de la excarcelación no está relacionada en el caso, con el cambio de calificación del hecho, sino con el incumplimiento de Cabello,, quien volvió a conducir pese a que se le había prohibido expresamente.
En efecto, tal como lo dispone el artículo 333 del CPP, el auto de exención de prisión o excarcelación será revocable de oficio o a petición del ministerio fiscal. Deberá revocarse cuando el imputado no cumpla las obligaciones impuestas o no comparezca al llamado del juez sin excusa bastante o realice preparativos para la fuga, o cuando nuevas circunstancias exijan su detención.
Puede Cabello volver a pedir su excarcelación? Sí, y de hecho es probable que entre la captura del joven ordenada por el magistrado y ya ejecutada por la policía federal y la nueva resolución de Cisneros, los abogados del joven ya hayan acercado al juzgado un nuevo escrito solicitando su libertad.
Lo que no es muy probable es que la consiga. Independientemente de que se califiquen los hechos como homicidio simple o culposo- lo cual habrá tenido gravitación en un principio ya que una figura es excarcelable y la otra no- ahora tiene peso lo dispuesto por el artículo 319 del CPP, es decir “las condiciones personales del imputado, o si éste hubiere gozado de excarcelaciones anteriores que hicieren presumir, fundadamente que el mismo intentara eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones. “
Cabello ya fue beneficiado con una excarcelación y no cumplió con lo dispuesto en el auto de su procesamiento, por lo cual su situación se vuelve complicada.