27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Se hizo lugar a una medida cautelar peticionada por una jubilada

El 3 de enero del corriente año, el magistrado le concedió la habilitación de feria y luego resolvió hacer lugar a la medida cautelar, imponiéndole al PAMI en un plazo de dos días le provea a Maza los elementos recetados.

 
Lilian Haydee Maza, una jubilada que sufre, interpuso una Acción de Amparo contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).

Maza, quien sufre de neurinoma, deficiencia músculo esquelética y discapacidad motora permanente, está patrocinada por el abogado Carlos José Díaz quien habría manifestado que su cliente se encuentra sin la provisión por parte de la Obra Social de la medicación que le habían recetado, pese a que por medio fehaciente la había solicitado.

La Acción de Amparo tuvo como objeto resguardar el derecho que le asiste a la amparista por la violación de derechos humanos que se encuentra sufriendo. El derecho violado en forma concreta es el Derecho a la Salud. Omnicompresivo del Derecho a la Vida.

Lilian Maza, el 3 de enero del corriente año, solicitó la habilitación de la feria judicial, ya que carece de la medicación correspondiente y otros elementos que le fueron recetados. El juez de turno en la feria judicial, doctor Marcelo Eugenio Wathelet tuvo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado, la acreditación con la documentación aportada de la necesidad de obtener dichos remedios.

De esta manera el juez le concedió la habilitación de feria y luego hizo lugar a la medida cautelar peticionada por la amparista, exigiendo en un plazo de dos días a la Obra Social que le provea a Lilian Maza la totalidad de la medicación.



dju / dju
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