22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

La caída del helicóptero en el Campo de Polo no fue un atentado

Los resultados de las pericias dictaminaron que se debió a la impericia de los pilotos. Reconocen como querellantes a los hijos del general Carlos Andreoli.

 
El juez federal Jorge Urso reconoció como querellantes a los hijos del general Carlos Andreoli y su esposa, fallecidos al precipitarse en el Campo de Polo de Buenos Aires el helicóptero en que viajaban, en 1996. Urso, al mismo tiempo, hizo suyo lo dictaminado por los peritos de la Junta de Accidentes Aéreos, en el sentido de que no se trató de un atentado, sino que obedeció a la impericia de los pilotos y a la falta de mantenimiento de la nave del Ejército.

En ese accidente, ocurrido el 8 de octubre de 1996, fallecieron, además de Andreoli y su esposa, Judith Ester López, otros jefes militares argentinos y peruanos, junto con sus esposas, cuando se aprestaban a participar de una ceremonia en ese centro deportivo.

Urso reconoció ahora a María Ximena Andreoli y Nicolás Francois Andreoli como querellantes, quienes pidieron que se investigue la presunta comisión del delito de homicidio culposo "por negligencia e impericia" por el cual responsabilizan al Ejército, a quien pertenecía la maquina siniestrada.

Según se pudo saber, la Junta de Accidentes Aéreos determinó la insuficiencia en la cantidad de horas de vuelo de práctica de la tripulación, así como también el desconocimiento de las instrucciones que figuran en el manual de vuelo confeccionado por el fabricante francés de la nave, las que les hubieran permitido saber, según se explicó, que en caso de emergencia, el helicóptero no debe ser inclinado ni maniobrado hacia la izquierda "porque se produce el desplazamiento de su centro de gravedad".

En la causa, también se pudo constatar que la dotación militar encargada de recibir a la comitiva, no contaba con equipos de extinción, a excepción de un matafuego de 10 kilogramos, llegando los bomberos al lugar 15 minutos después que se hubiera consumido el kerosén parafinado que componía el combustible de la nave, y cuando ya habían perecido sus doce ocupantes.

La presentación en la causa penal, es tramitada en forma paralela a una acción civil por parte de los abogados Guillermo Bolado, Edgardo Leven y Hernán Sábato, quienes reclamaron para sus patrocinados una indemnización de 1000 pesos argentino de oro (unos 100 mil pesos) tal como está tarifado por el Código Aeronáutico.

En esta causa, los hijos de Andreoli demandaron por su presunta responsabilidad al Ejército Argentino, al Ministerio de Defensa y al Estado Nacional, reclamando el resarcimiento de los daños y perjuicios.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486