20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los secretarios como jueces subrogantes

La Asociación de Magistrados pedirá mañana que se de prioridad a los secretarios al momento de designar jueces subrogantes.

 
La Asociación de Magistrados y Funcionarios pedirá mañana al Consejo de la Magistratura que se priorice a los secretarios al momento de designar jueces subrogantes en el casi centenar de juzgados vacantes en distintos fueros.

El reclamo, a cargo de la cúpula de la Asociación, que encabeza el camarista Raúl Madueño, se formulará ante la Comisión de Reglamentación que preside Humberto Quiroga Lavie, cuerpo que tendrá a su cargo la reglamentación de la Ley de Subrogancia que el Ejecutivo envió al Congreso hace casi dos meses, y que ya contaría con dictamen de comisión.

La reglamentación de dicha norma quedará a cargo del Consejo de la Magistratura, cuerpo que había planteado durante un encuentro con el Presidente de la Nación, la necesidad de establecer un sistema de subrogancias a fin de poder dar respuesta temporaria a las demandas de cubrir las vacantes, hasta tanto sean designados los magistrados titulares mediante el sistema de concursos, dentro de los plazos establecidos.

La Asociación de Magistrados entiende que se deberá dar prioridad, más allá de la constitucionalidad o no del sistema de subrogancias, a los abogados "que más cerca estén del ejercicio de la judicatura" como lo son los secretarios de los juzgados de primera instancia y de Cámara, como una forma de priorizar aquellos que se encuentren mas familiarizados con las causas en trámite.

En los hechos, la entidad que nuclea a los jueces de todo el país respaldará un proyecto del juez y consejero Claudio Kiper, y en el espíritu del reclamo se estima que los jueces jubilados que puedan ser convocados para la emergencia "ya efectuaron su carrera judicial y no tienen el espíritu de aquellos que pretenden avanzar en su profesión, cuya máxima aspiración es la de ocupar el cargo de juez de la Nación".



dju / dju
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