La presentación de más de un centenar de carillas fue efectuada por el Procurador General del tesoro, Ernesto Marcer, ante el juez laboral Miguel Ángel Pirolo, quien el jueves de la semana pasada dictó una medida cautelar ante una presentación efectuada por los gremios nucleados en la CGT. y la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
La respuesta oficial advierte que "las entidades sindicales demandantes carecen de interés personal y directo que justifique su legitimación para accionar judicialmente en las causas" iniciadas por ATE y la Asociación Bancaria, que invocaron la representación de sus afiliados.
Enfatiza luego que para el Estado Nacional el decreto en cuestión es "constitucional" en "razón de que fue dictado para dar cumplimiento a dos leyes de orden público, que son la ley 23.928 de Convertibilidad del Austral, y la Ley 25.152 de Solvencia Fiscal, con la finalidad de mantener la convertibilidad y reducir el gasto a fin de paliar la crisis provocada por el déficit fiscal".
Asimismo, la presentación del gobierno advirtió que de ese modo se intenta evitar "tomar medidas más drásticas, como podrían ser el despido de agentes estatales, con el consiguiente aumento del desempleo".
Por esa razón, el gobierno entendió que "el decreto es legitimó pues constituye una herramienta que tiene por fin cumplir las metas fiscales fijadas por el Congreso de la Nación, y evitar las sanciones establecidas por dichas leyes en caso de incumplimiento".
De ese modo, considera "cuestionable" que el Poder Judicial "declare ilegítima tal medida adoptada por el Poder Ejecutivo, el que obró dentro de sus atribuciones constitucionales".Precisa, asimismo, que "el decreto 430/00 es un decreto ordinario para el personal estatal en la orbita del Poder Ejecutivo Nacional, y un decreto de necesidad y urgencia para otros agentes, y se dictó cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 99 incisos 1 y 3 de la Constitución Nacional".
De acuerdo con la información distribuida por la procuración del Tesoro la norma, como decreto de necesidad y urgencia cumple todos los requisitos exigidos por la Constitución, y advierte que la media sanción del Senado derogándolo "no ha hecho otra cosa que reconocer su validez, ya que intenta su extinción de idéntica forma que hace con las leyes vigentes, apelando a su lisa y llana derogación".
Por otra parte, advierte que la medida cautelar dictada por Pirolo "es inadmisible" porque el juez "omitió considerar el interés público comprometido, en violación a la ley de Amparo, que establece la inadmisibilidad de la medida cautelar en aquellos casos en que se afecte el desenvolvimiento de actividades esenciales del Estado".
Por otra parte, el gobierno hace propia la declaración de constitucionalidad por parte de la Corte del decreto de necesidad y urgencia por el cual el ex presidente Carlos Menem recortó en 1995 los salarios estatales, medida que consideró como aplicable para el actual.
Al respecto señala también que el viernes último seis ministros de la Corte "acompañaron" el ajuste, mediante la acordada 13/00, por la que "dispusieron voluntariamente una contribución del 15 % de las remuneraciones" que perciben.
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