La Corte Suprema de Justicia restituyó hoy al juez Miguel
Miguel Pirolo, el expediente “ATE y otros contra Estado
Nacional” declarando inconstitucionales los decretos 430 y 461
del PEN ordenando el pago de los salarios caídos a los
trabajadores estatales.
Lo informó el Director Jurídico de la Central de Trabajadores
Argentinos (CTA), Horacio Meguira, quién señaló que "el Estado
apeló hoy mismo la medida judicial del magistrado Pirolo", a
la vez que añadió que "el juez deberá elevar mañana mismo a
la Cámara Nacional de Apelaciones, para que dé tratamiento al
recurso interpuesto hoy por el gobierno".
Meguira destacó además que "el Poder Ejecutivo Nacional recusó
con causa a la Sala II de la Cámara Nacional de
Apelaciones, por entender que ésta prejuzgó en la sentencia
donde confirmó la medida de no innovar".
Cabe recordar que la Sala II de la Cámara Nacional de
Apelaciones había fallado a favor de la medida cautelar,
interpuesta por el juez Pirolo en la causa en cuestión.
Fuentes gremiales indicaron que "lo que probablemente ocurra,
es que la Cámara dicte sentencia entre el lunes o el martes
próximo", confiando en que la alzada ratifique la
inconstitucionalidad de los decretos basándose en
la jurisprudencia de la propia sala.
La Corte, en una virtual aplicación del procedimiento de “per
saltum”, había solicitado el miércoles pasado el expediente del juez Pirolo, poco después que se conoció su fallo
declarando la inconstitucionalidad de los decretos 430 y 461 del
PEN, que redujo los salarios estatales entre un 12 y un 15 por
ciento.
A raíz del procedimiento del máximo tribunal, la Central de
Trabajadores Argentinos (CTA) reclamó ayer a la Corte Suprema
que devuelva a la justicia de primera instancia el expediente
con los planteos presentados contra la rebaja salarial a los
empleados públicos, dispuesta por el gobierno nacional.
Hoy la Corte restituyó el expediente, pero pocos minutos
después el Estado Nacional apeló la medida dispuesta por el
juez Pirolo, quién tiene 24 horas para enviarla a la Cámara
Nacional de Apelaciones.
dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.