La medida fue aprobada anoche por el Senado, que convirtió en ley una modificación al Código Procesal Penal, a través del artículo 238 bis, que establece la devolución de propiedades en el momento en que el dueño de la misma deje "convenientemente" acreditada su posesión. El proyecto, impulsado por el senador nacional por Corrientes José Antonio Romero Feris, establece que "en cualquier estado del trámite de desalojo y aún sin dictado de procesamiento alguno, el juez podrá disponer provisionalmente el inmediato reintegro del inmueble cuando su titular pueda demostrar su derecho de propiedad".
"El propósito de esta ley es que se saque a los usurpadores de la vivienda, que la ocupe el legítimo propietario y que después se sustancie el juicio como realmente corresponde", explicó hoy Romero Feris en declaraciones a Radio Uno.
Para el trámite, el dueño deberá acreditar "el título de propiedad y toda la documentación pertinente que de cuenta de su condición", añadió el senador.
Asimismo, la ley plantea la necesidad de que, una vez recibida la denuncia de usurpación y hasta tanto no llegue el juez actuante, se disponga una consigna policial para impedir el hurto de bienes del lugar.
El proyecto, que fue presentado al Poder Ejecutivo durante la gestión de Carlos Menem, volvió en el mes de mayo último en revisión a la Cámara alta, tras recibir media sanción de Diputados. La iniciativa fue impulsada nuevamente este año, a raíz del aumento de casos de viviendas usurpadas en Capital Federal y provincia de Buenos Aires.
Según un informe de la Comisión de Vivienda de la Legislatura porteña, existen alrededor de 12 mil casas tomadas en la Capital, donde habitan alrededor de 150 mil personas.