El alto tribunal confirmó así un fallo de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal que había rechazado la demanda entablada por la firma.
Según señaló la Corte, "las normas especificas" referidas a hidrocarburos autorizan su exportación libre de todo gravamen, pero, al mismo tiempo, "dispusieron que no estarían beneficiados con reembolsos".
Por esa razón, el máximo tribunal juzgó que tales normas prevalecían sobre las de la ley 23.018 que refieren, genéricamente, a la exportación de productos desde puertos patagónicos, como un medio para fomentar la actividad económica en esa región.