28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Leopoldo Schiffrin: "Le erran quienes ven en los juicios por la verdad el fantasma del año 87"

-

 
En un extenso reportaje con Diariojudicial.com, el vocal de la Cámara Federal de La Plata, Dr. Leopoldo Schiffrin no dejó tema sin tocar respecto del juicio por la verdad, iniciado hace dos años y que investiga la desaparición forzada de personas durante el gobierno militar. Aseveró que no hay posibilidad de instalar una "sensación térmica" similar a la que derivó en los alzamientos de semana santa de 1987, por que en aquél entonces "se citaba a la marchanta" a los militares, no en base a "averiguaciones serias". También señaló que no hay un plazo estipulado para concluir las audiencias y que no cree en la figura del "arrepentido" para avanzar en la investigación de estos casos.

Dju: Hace ya más de un año de los Juicios por la verdad. ¿Se puede ya sacar alguna conclusión, dentro de lo que su rol de juez en estas audiencias le permite?

LS: En primer lugar el tiempo de audiencia de este juicio ya es cercano a los dos años, por que justamente comenzaron en septiembre de 1998. En una nota que escribí hace un tiempo , a raíz de declaraciones de Brinzoni, expliqué los principales logros de la investigación. Que son muchos. Por que en La Plata, todo el material que se suponía inexistente en torno a la temática de la desaparición forzada de personas fue rescatado y es enorme contra toda una serie de creencias en contrario.

Aun con medios precarios hemos tenido varios avances. Primero, cuando, en la etapa inicial, la cámara recabó de todos los juzgados federales de la jurisdicción todos los habeas corpus o procesos por privación ilegítima de la libertad entre el año 1976 y 1982. Entonces se formó una masa que supera los dos mil casos, amén que después se ha ido presentando ese acervo por que la Suprema Corte de la Provincia dispuso que se hiciera una especie de "arqueo" acerca de ese mismo tipo de causas en sede provincial.

Dju: ¿Por ejemplo la famosa causa por la investigación de "la Cacha" (centro clandestino en penal de Olmos)?

LS: Por ejemplo y varias de ellas fueron censadas. Entonces, hemos ido pidiendo copias de las que nos parecen más relevantes para nuestra investigación. Por otro lado tenemos el tema del cementerio, que dio lugar a medidas que se tomaron sobre tumbas de NN en el cementerio platense. Pero la investigación no es sólo sobre las tumbas. De todos modos sirvió de punta para hacer toda una exploración en torno a una investigación que venía haciendose de manera "privada" por medio de los organismos defensores de derechos humanos, sobre el tema de los entierros NN, que superan los 400 y que están muy bien documentados al día de hoy, lo que permite algunas identificaciones.

Dju: ¿De cuántas identificaciones estamos hablando?

LS: Son pocas. Desde esa misma fuente de la que le digo no surgen tantas, sólo algunos casos.

Dju: ¿Esas identificaciones se corresponden con las de desaparecidos?

LS: Desde luego. Hay una característica común a esos 400 casos, dado que se tratan de entierros NN que están documentandos primero por el acta de defunción respectiva, por el acta que se lleva en el cementerio y siempre hay una característica: puede ser una persona de sexo masculino , femenino, siempre jóvenes y casi siempre la causa de la muerte es la destrucción de la masa encefálica.

Estos entierros se hacían por la vía de la morgue policial y allí no se practicaban autopsias en estos casos ni tampoco intervenía un juez, sino que la policía invocaba alguna autoridad militar. Pero de todos modos hay circunstancias muy particulares, por que los médicos de la morgue tenían la precaución de dar su diagnóstico para levantar el certificado de defunción y además escribir en los libros las prácticas de quienes intervienen y las características generales del cadáver.

Ahora ¿que ocurre?, que hay 24 libros que tenían toda clase de descripciones, pero también que se corresponden con estos casos. Y allí hay un problema. Creemos que se ha segado una fuente de investigación, por que mientras que las actas de defunción son muy escuetas, pero los libros son más completos y así lo sabemos por que se logró secuestrar uno de los 24 que había. Los otros 23, fueron devueltos en el año 86 a la Jefatura de Policía y no aparecieron nunca más.

Dju: ¿Se supone que fueron incinerados?

LS: Se supone, pero no tenemos ninguna prueba de ello. Hemos interrogado hasta el cansancio a todos los médicos imaginables y el Doctor (Néstor) De Tomas, que recibió los libros del juzgado, nunca ha podido explicar que hizo con ellos e invocó no se a que autoridad que los había recibido. Luego esto lo desmintió totalmente y eso motivó que, finalmente, después de dos interrogatorios, al doctor De Tomas lo denunciaramos penalmente.

La denuncia por destrucción de pruebas va a parar al juzgado del doctor (Manuel) Blanco, quien se declara incompetente y lo deriva a la justicia provincial, la cual también se declaró incompetente. Se dio entonces intervención a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que todavía no se expidió.

Dju: ¿Y en el libro que se pudo rescatar que se puede observar?

LS: Hay descripciones detalladas de cadáveres NN, de personas jóvenes donde se señala la forma en que murieron, con disparos en la cabeza...

Dju: ¿Se hace alusión, por ejemplo, como detalle de la muerte, en donde se produjo ?

LS: En esos libros se asienta, por ejemplo, una descripción del cadáver. Claro que por las fechas se pueden relacionar con "enfrentamientos" entre comillas, por que hubo enfrentamientos reales, pero también fingidos, cosa que ha sido atestiguada. A través de una correlación se puede establecer y así llegar a alguna identificación también.

Yo recuerdo que, hace mucho, una Cámara Federal de la ciudad de Buenos Aires había rescatado una microfilmación de fichas de NN en las que están las huellas dactiloscópicas, que sabemos que se tomaban en la morgue. Estos originales de las fichas, que por lo menos deberían estar en el Registro Nacional de las personas, aunque le hemos seguido las huellas, hasta ahora no encontramos nada.

Por otro lado están las fichas de la ex Dirección de Inteligencia de la policía bonaerense, que no son tantas como se dijo, sino una decena de casos en que está anotado el nombre, es decir del NN, a quien se le anotaba el nombre.

Dju: ¿Son nombres de desaparecidos?

LS: Si, claro.

Dju: ¿Y cuántos son?

LS: Yo creo que no superan los treinta.

Dju: ¿Se detallan circunstancias de cómo fueron secuestradas esas personas?

LS: No, pero, por ejemplo, aluden a que hubo un enfrentamiento en tal calle, pero no era el secuestro, era la muerte lo que se registra. De lo que se refiere a la desaparición o secuestro ilegal, nunca se ha encontrado nada a nivel oficial.

Pero existen otras cosas. Por casualidad y siguiendo el rastro de los 23 libros que le hable, se han hecho registros a comisarías y en alguna que otra aparecen archivos totalmente caóticos. Usted no se imagina el caos administrativo que es la policía. Pero a veces, hay indicaciones de detenidos con nombre y apellido que han pasado por una comisaría a disposición del área 113, que era la correspondiente a La Plata, y después salieron y luego no se supo nunca más nada. O apareció el cadáver.

Dju: Es decir que está registrado su paso por una comisaría y luego figuran como desaparecidos?

LS: Claro, que nunca más se los vio, y que estaban registrados en una comisaría. Pero también hay que recordar el archivo de monseñor Graselli, que contiene fichas que se refieren a parientes de personas desaparecidas que iban a visitarlo a la capilla Stella Maris (en Capital Federal) y él anotaba los nombres y datos del desaparecido. También se ve que el sacerdote hacía alguna pregunta y anotaba siglas que no alcanzamos a interpretar, lo que podría ser un indicio.

También secuestramos cerca de treinta cajas de fichas de personas que pasaron como detenidos políticos en los años de la dictadura por las unidades penales de la provincia . Se distinguían entre quienes eran bonaerenses y quienes venían de otras provincias.

Dju: Mucho se dijo de que en los penales bonaerenses se hacía una división edilicia, para que no se junten presos comunes con los detenidos por razones políticas.

LS: Eso pasaba en la Provincia y en la Nación también. Lo terrible es que en esas listas figuran muchos que luego son desaparecidos.

Dju: ¿Eso está registrado?

LS: Claro que está registrado. Los ingresos, los egresos y su permanencia. Y después que salen no se sabe más nada de ellos.

Dju: ¿Es decir que estamos hablando de indicios bastante contundentes, no?

LS: Si. Aunque es tanto el material a procesar que nos supera, por que no tenemos personal. Tenemos personal prestado por otras áreas, aunque también hay que decir que la oficina está muy bien provista de sistema informático. Pero, ¿que ocurre? Todo esto no se procesa en el grado que es necesario, pero por falta de la fuerza de trabajo suficiente.

Dju: Muchos se preguntan hasta donde se va a llegar, es decir, si la Cámara Federal se ha fijado un plazo...

LS: No. La investigación no tiene plazo alguno. Durará los años que sea necesario para efectivizarla. El gran problema de los años 85 y 86, fue querer terminar la investigación cuando todavía no había empezado y había apenas un esbozo. Las consecuencias se pagaron con la pérdida de material. Acá debe ser todo sin prisa pero sin pausa.

Dju: ¿Usted cree que esta investigación sin plazos genere, por así decirlo, “una sensación térmica” contraproducente y que sea algo similar a lo que concluyó con el dictado del punto final y la obediencia debida?

LS: No, yo creo que no, por que la sublevación que hizo que el gobierno nacional se rindiera por entonces ante los rebeldes y dictara una ley bajo la presión de las bayonetas, se debió al dictado de la ley del punto final. Las investigaciones iban lentas y en algunos casos con poco entusiasmo. Pero, ¿que ocurrió?: al fijarse un plazo angustioso las cámaras empezaron a llamar a todo el mundo para procesarlo, no por pruebas sino sobre la base de que habían desempeñado algún cargo militar.

Dju: ¿Era la necesidad de entregarle cabezas a la opinión pública?

LS: No era eso, sino que si en sesenta días no proceso a alguien y me prescribe la acción, entonces yo no quiero asumir la responsabilidad y arreo con todo el mundo. Eso fue lo que determinó la situación. A principios del ochenta y siete, allá por marzo, había cerca de 500 procesados y nadie sabía que se le podía imputar con claridad. En esas investigaciones aparecen lentamente algunas pruebas pero son pocas.

Respecto de la obediencia debida, hay que aludir a la posición mayoritaria de la cámara y que yo no apoyé pero que igualmente es destacable. Por que se parte sobre la base de que la ley de obediencia debida está derogada. Y esta ley tiene dos partes: una es la atinente a su definición de obediencia debida. La otra es de carácter procesal y habla de no citar a nadie en los casos comprendidos en la obediencia debida. Pero, ¿que ocurre?, que esa segunda parte -y así lo dije en el caso Etchecolatz- tampoco se aplica más y los deja a los jueces con las manos libres para proceder en los casos de personas comprendidas en esa norma derogada. Lo que ocurre es que esas personas después, como defensa de fondo, pueden alegar que si bien la ley de obediencia debida está derogada, igual puede ser aplicada como ley intermedia más benigna. Pero eso no inhibe para nada los procedimientos.

El sistema que la cámara eligió por mayoría es el siguiente: se debe investigar todo lo atinente a como fueron los hechos y el destino de los desaparecidos, todas las circunstancias y determinar sus presuntos responsables. Respecto de los presuntos responsables la minoría que integré, se inclinó por realizar una etapa instructoria y luego derivar a la justicia competente. La variante que adoptó la mayoría es que en cuanto la cámara tenga elementos de sospecha sobre alguna persona, esto debe pasar a la justicia de primera instancia federal y así ha ocurrido con el caso Etchecolatz..

Dju: ¿Y que pasó finalmente con la citación de Etchecolatz?

LS: Por lo que sé, se radicó el caso en el juzgado del doctor (Arnaldo) Corazza y hubo toda una discusión en torno de que tipo de procedimiento se aplicaba , si la ley procesal vigente en el tiempo en que ocurrieron los hechos o la actual. La decisión, tomada por la Sala I fue que se aplicara el código antiguo.

Luego me enteré que la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos se presentó como parte querellante y hace poco pregunté si el juez había decidido y no lo había hecho.

Dju: ¿A cuanto se está del camino transitado de esta investigación, en la mitad, casi al final?

LS: En cuanto a la parte documental debemos estar en un setenta por ciento. En cuanto a la parte de testigos, ni en el treinta y en cuanto a la determinación de responsables, menos aún todavía.

Dju: ¿ Le hacen falta arrepentidos a este Juicio por la Verdad, o mejor dicho, con cuantos arrepentidos se podría avanzar sustancialmente?

LS: Los arrepentidos, en realidad servirían para dar mas datos del destino de los desaparecidos. Pero estos datos, cuando se han dado, son algo imprecisos y genéricos. El asunto puede ser una precisión acerca de donde mataron a alguien y donde lo pusieron, pero me parece muy difícil.

Dju: Si usted se encontrara con alguien y le dice: “yo secuestre a determinada persona” y le brinda detalles, ¿como corre el tema de la posible prescripción de delito?

LS: En el caso Schwamberger voté sobre la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad. Luego vino el caso Priebke en el que la Corte de la Nación tomó fuertemente esa tesis. Luego vino el pronunciamiento del doctor Marquevich y luego vinieron los fallos de las salas I y II de Capital Federal. Todos dijeron que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles y que es una exigencia del derecho internacional superior al derecho interno.

Dju: ¿No cabe la posibilidad, como se hace en el narcotráfico, de aplicar los beneficios del arrepentido para estos casos?

LS: No. Ahora tenemos una ley sobre terrorismo que también crea la figura del arrepentido. Yo he sido uno de los que más se ha opuesto. El tema del arrepentido me parece no compatible con el sistema constitucional. En Italia está en pleno retroceso y además no da resultados.

Dju: ¿Por qué no daría resultados?

LS: Por que los arrepentidos, según la experiencia italiana, suelen mentir atrozmente. Esta es la cuestión. Hay casos famosos. Entonces no son muy confiables. Están buscando que la pena sea lo menor posible y entonces uno no puede confiar mucho en su declaración. ¿Usted sabe en que caso sirve el arrepentido? Cuando dicen “mirá, aquí están los documentos”, pero eso no pasó nunca en estos casos.

Dju: Pero debe haber gente a quien le torture la conciencia por los hechos cometidos y sienta necesidad de confesarse, por así decirlo...

LS: Perfecto. Que lo haga. Siempre sería un apreciable gesto que es tenido en cuenta en la escala penal. Pero no un tratamiento especifico en cuanto a una rebaja sustancial de la pena.

Dju: Se ha mencionado mucho últimamente el tema de los juicios, estuvieron también las declaraciones públicas del jefe del Ejército. Si tuviera la posibilidad de conversar con él ¿que le diría?

LS: Me desagradó mucho su declaración en cuanto a que estos juicios no servían para nada. Entonces demostré que hemos conseguido muchísimas cosas. Lógicamente, hay también una acción errada por parte de muchos políticos que siempre ven el fantasma del 87. En esa época no hubo procedimientos serios, aunque sí lo fueron, vale decirlo, el juicio a los comandantes y el juicio a Camps. Después empezó, con la ley del punto final, un sistema de llamar "a la marchanta" y eso provocó los resultados negativos. Pero a ninguna de las cámaras que tiene a su cargo los juicios se le ocurre hacer esto. Primero, porque tratan antes que nada de averiguar la verdad y, a partir de averiguaciones serias y corroboradas, hacer la denuncia, poner en conocimiento de los jueces de primera instancia los hechos y así cumplir con lo estipulado por la posición oficial mayoritaria de esta cámara federal.



gabriel avalos / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486