Declararán, según el artículo séptimo del reglamento de esa comisión, los funcionarios judiciales de la provincia de Mendoza, José Ricardo López, Defensor Oficial; Pedro Julio Fraullet, prosecretario del juzgado federal de San Rafael y Jorge Alberto Carrión, fiscal federal. También lo hará Orlando Antonio Zavaroni, un particular.
Acosta está cuestionado por estar en situación de mora en un préstamo que habría solicitado al “Ente de Fondos Residuales de Mendoza”, y por haber realizado actividades como productor agropecuario, cuando un juez de la Nación no puede ejercer actividades relacionadas al comercio.
Acosta quien a su vez es uno de los denunciantes contra su par mendocino Luis Leiva también es investigado por “mal desempeño en su función” por la Comisión de Acusación, habría admitido haber realizado esa actividad agropecuaria, pero con anterioridad a su cargo de juez. En lo que respecta al préstamo que habría solicitado, Acosta indicó en su oportunidad –cuando fue citado por la Comisión de Acusación- que había pagado todo.
Según fuentes allegadas al cuerpo, la entidad habría informado que Acosta debe más de 200 mil pesos, préstamo que el magistrado habría solicitado para comprar una casa.
Esta causa comenzó siendo un sumario administrativo, pero luego siguió la investigación la Cámara de Apelaciones de Mendoza que le remitió la causa a la Comisión de Acusación.
El juez Acosta fue citado en carácter de testigo por la causa que investiga el Consejo de la Magistratura contra Leiva.
Acosta, habría denunciado a su par del fuero federal por los delitos de “mal desempeño y posible comisión de delitos”, al tiempo que solicitó que “se pasen las actuaciones a la justicia ordinaria para el caso en que las conductas que se denuncian constituyan ilícitos tipificados en el Código Penal”.
El magistrado solicitó la remoción de Leiva, en el marco de varias causas, las cuales son investigadas por la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura. Entre ellas se destaca una causa en la que Leiva le habría dado trato preferencial a un imputado quien aparecía como autor intelectual del contrabando de combustible. También Acosta denunció a Leiva por el caso “Yacopini”, por el ingreso ilegal de vehículos donde había evasión de IVA e impuestos a las ganancias. En esta causa se le reprocha a Leiva haber calificado el delito como infracción al régimen penal tributario y no como una infracción a los artículos 864 inciso “e” y 865 inciso “f” de la ley 22.415, circunstancias que permitieron que los imputados por “el delito de contrabando” extinguieran la acción penal, pagando diferencias impositivas ínfimas en proporción a lo que deberían haber pagado.