20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

AMIA: Galeano deberá abstenerse de la reconstrucción

El Tribunal Oral Federal 3 sostiene que el magistrado ya cerró la instrucción y advierte que disponer la medida puede invalidar el juicio por la causa.

 
El Tribunal Oral Federal 3, que tendrá a su cargo el juicio contra los policías acusados de proveer la camioneta utilizada para el atentado a la AMIA, le pidió al juez federal Juan José Galeano "abstenerse" de llevar a cabo a reconstrucción de los momentos previos a la explosión, al sostener que dicha media podría derivar en la "invalidez de la requisitoria fiscal y el auto de elevación a juicio".

La Sala Primera de la Cámara Federal -al resolver en distintos incidentes de apelación- le había ordenado a Galeano la reconstrucción del atentado, por lo que el magistrado planificó la diligencia respecto del último tramo del sangriento hecho, ocurrido el 18 de julio de 1994.

En ese marco dispuso constatar los domicilios de Maria Nicolasa Romero, Adelina Filomena Romero, Carlos Heindenreich y Juan Carlos Alvarez, personas estas que desde distintos ángulos vieron como se acercaba la camioneta Trafic cargada de explosivos, conducida por un conductor "suicida" o "bobo", tal como lo reafirma el auto de elevación a juicio, como paso previo a la reconstrucción ordenada por la Sala Primera de la Cámara Federal.

Ahora el TOF 3 considera que "no corresponde que el juez federal, en esta etapa del proceso, lleve a cabo la mentada reconstrucción; máxime cuando en la diligencia deberán participar testigos que tendrán que deponer en el juicio oral y público".

En tal sentido, los jueces sostienen que "la competencia funcional del magistrado instructor, en lo que respecta a la acreditación del hecho ilícito y a su modo de comisión, cesó cuando dispuso el cierre de la instrucción y la elevación de las actuaciones a juicio".

" A partir de allí -señalan-, inauguró una nueva etapa del proceso en favor de un tribunal colegiado de competencia funcional distinta, que deberá decidir, luego de la sustanciación del debate oral y público, acerca del acierto o no de la imputación efectuada" por el juez instructor y los fiscales.

En tal sentido, los jueces Gerardo Larrambebere, Carlos Andina Allende y Miguel Pons, sostienen que " escapa a toda lógica y, por lo tanto compromete el debido proceso legal, que el magistrado que en sus pronunciamientos durante la instrucción diera por acreditado el cuerpo del delito y la participación de los imputados, pretenda, luego de que él mismo diera por concluida su intervención en esos temas, la realización de una medida de prueba que tienda a comprobar que el hecho "se efectúo o pudo efectuarse de un modo determinado, máxime cuando esa diligencia le fue requerida en las dos fases de la etapa instructoria".

Por otra parte, aseguran que "una medida de prueba como la que se ordena practicar, afectará indudablemente, la defensa en juicio de los encausados" e "incluso podría conducir a sostener la invalidez de la requisitoria fiscal y del auto de elevación a juicio, a fin de que los fiscales y el juez se pronuncien acerca del nuevo contexto probatorio".

El TOF-3 tendrá a su cargo el juicio oral y público a los ex policías Juan Jose Ribelli, Raúl Ibarra, Anastasio Ireneo Leal y Mario Barreiro, así como también al reducidor de automóviles robados Carlos Alberto Telleldín.

Cuando a mediados de este año surgió el conflicto entre Galeano y la Cámara, el magistrado era de la idea que la reconstrucción debía estar a cargo del tribunal que tuviera a su cargo el juicio oral.



dju / dju
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