En junio de 1994, la mujer -que actualmente se desempeña en el ISSN-, concurrió a realizarse un tratamiento odontológico al consultorio de un dentista que le facturó un plus extra de 25 pesos en carácter de gastos de materiales descartables cuando finalizó la práctica odontológica. La paciente también habría pagado 48 pesos de co-seguro que es un porcentaje de la práctica que la mutual cobra a sus afiliados. Dos años después de haberlo denunciado, el Consejo de Administración de la Obra Social separó al médico de la lista de prestadores.
El dentista apeló la resolución del Alto Tribunal -que es el cuerpo encargado de resolver los litigios contra el Estado- con un recurso administrativo ante la Obra Social pero fracasó. De esta forma, el profesional interpuso una acción procesal administrativa al Tribunal Superior de Justicia; pidió ser reincorporado como prestador de la obra social y que se lo indemnice por los daños sufridos y por la cantidad de pacientes que perdió por la separación, pero los miembros del Tribunal entendieron que la exclusión del odontólogo fue una medida correcta.