20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

A las armas las carga la Cámara

La Cámara Federal en lo Criminal y Correccional confirmó los procesamientos de Di Tella, Erman González, Sarlenga y Balza por la venta ilegal de armas.

 
La Sala II de la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional confirmó hoy los procesamientos de los ex ministros Antonio Erman González y Guido Di Tella, del ex jefe del Ejército Martín Balza y del ex director de Fabricaciones Militares Luis Sarlenga, entre otros, en relación con la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia.

La Cámara confirmó el procesamiento de Erman González y procesó a Di Tella por el delito de falsedad ideológica de los decretos del Poder Ejecutivo 1697/91 y 2283/91 a través de los cuales se justificó la venta ilegal de armamento a Ecuador, cuando este país se encontraba en guerra con Perú, falseando ese destino con una supuesta venta a Panamá y Venezuela.

En tanto, la alzada dio por probada la existencia de una asociación ilícita, al dictar los procesamientos en orden a ese delito de Sarlenga y los coroneles Edberto González de la Vega, Carlos Franke y Jorge Cornejo Torino, este último director de la Fabrica Militar de Río Tercero, en Córdoba hasta el momento de su explosión.

Los jueces Martín Irurzun, Horacio Cattani y Eduardo Luraschi advirtieron que "resulta difícil de aceptar que los sucesos" como los investigados "hayan ocurrido merced a la grosera impericia de ciertos funcionarios públicos, facilitando de ese modo el engaño por parte de terceros inescrupulosos, resultando pensar que los hechos materia de investigación hubieran desbordado la esfera del ex Director de Fabricaciones Militares".

En ese sentido, subrayaron que de acuerdo con la evidencia colectada en el sumario puede sostenerse que las maniobras "no se desarrollaron como un evento aislado, sino que lo han sido de forma metódica e implicaron la comisión de diversos ilícitos a los fines de ocultar el verdadero destino que habría de darse al materia bélico a exportar".

"Para ello -destacaron-, resultó necesaria la intervención de varios funcionarios del Estado Nacional y sus dependientes, pudiendo distinguirse claramente a esta altura dos niveles distintos de intervención: un primer grupo de personas con capacidad decisoria suficiente a los fines de llevar adelante las maniobras propuestas, y un segundo grupo integrado por quienes tenían a su cargo la función operativa".

Este segundo grupo encargado de las tratativas con las empresas que intervinieron, disponibilidades, preparación del material, transporte, embarque, etc, "actuando en conjunto y coordinadamente, lograron llevar a cabo tales objetivos".

A su entender, los jueces afirman que "el origen de las maniobras en cuestión no habría sido la Dirección General de Fabricaciones Militares, sino que las decisiones habrían partido desde niveles superiores del Estado, hacia los distintos ámbitos encargados de su ejecución".

En este punto aclaró que "si bien un grupo de personas han sido escuchadas a tenor de la infracción al artículo 210 del código penal (asociación ilícita), debe repararse que no se ha adoptado aún tal criterio en relación a los funcionarios responsables de tomar tales determinaciones, motivo por el cual habrá este tribunal de encomendar al juez de grado que analice la posibilidad de ampliar las declaraciones indagatorias de estos últimos en el sentido indicado".

Respecto de Erman González, el tribunal resaltó que este se encontraba al frente del Ministerio de Defensa al momento en que se dictaron los decretos 1697/91 y 2283/91, habiéndolos firmado y autorizando la venta de material bélico con supuestos destino a Panamá. También se destacó que a esa fecha Fabricaciones Militares, un organismo al que consideran "clave en todo lo relativo a los trámites" que culminaron con la venta ilegal, funcionaba bajo la órbita de esa cartera, siendo la responsable de la actividad que allí se desarrollaba.

Respecto de la supuesta venta de armas a Panamá a través del mencionado decreto, se resalta que Erman González no pudo soslayar que ese país "había sido ocupado militarmente por los Estados Unidos en el año 1989, lo que no pudo pasar inadvertido a la hora de firmar la autorización para una exportación de ese tenor", ya que a partir de ese hecho el estado centroameriocano no contaba con Fuerzas Armadas.

En relación a Di Tella, que fue procesado por falsedad ideológica de los decretos 1697/91 y 2283/91, el fallo señala que en el ministerio a su cargo existían numerosas informaciones que daban cuenta sobre la venta ilegal de armamento a países en conflicto, las cuales se originaron aún antes de la firma de los decretos con presunto destino a Panamá.

El tribunal, asimismo, dictó el procesamiento por presuntos partícipes de una asociación ilícita a González de la Vega, ex director de coordinación empresaria de Fabricaciones Militares y Carlos Franke, Jorge Cornejo Torino y María Hortensia Canterino, y confirmaron la falta de merito del director de Logística del Ejército, Antolín Mosquera.

La Cámara le endilgó a Sarlenga la figura de miembro de una asociación ilícita, por entender que como máximo responsable de Fabricaciones Militares conocía las operaciones relacionadas con los cañones Citer y los obuses Otto Melara pertenecientes al Ejército, que habían sido enviados para reparación y que fueron cargados en contenedores a Croacia.

En la misma resolución, el tribunal ordenó a Urso la profundización de la investigación en torno a empresas vinculadas con Fabricaciones Militares, en el marco de las pesquisas del circuito del dinero de presuntas coimas que se habrían pagado por la venta ilegal de armas. El fallo destaca que "a la fecha no se ha investigado el origen proveniente de los fondos que como aportes irrevocables de capital se han transferido a Yoma SA durante los años 1994 y 1995".

Los aspectos económicos
Una capítulo aparte merecieron las investigaciones en torno a los aspectos económicos de la maniobra y en ese sentido la Cámara le advirtió al juez federal Jorge Urso que "debería haber instrumentado las medidas necesarias a fin de velar eficazmente para lograr el progreso de la pesquisa al respecto".

En ese sentido, consideró "imprescindible efectuar un minucioso análisis de todas las constancias" obrantes en la causa, de modo individual de "cada una de las empresas investigadas", mencionando a Debrol SA International Trade, Daforel SA y Hayton Trade SA, tres empresas fantasma constituidas en el Uruguay, presuntamente vinculadas con el Grupo Yoma, con el propósito de investigar la ruta del dinero percibido por la venta ilegal de las armas.

Respecto de Debrol SA, el tribunal consideró que dicha firma constituida en Montevideo fue designada en julio de 1991 por la Dirección General de Fabricaciones Militares como representante exclusivo en la República de Panamá para la promoción y comercialización de todos sus productos, y que Elthan Trading, que había sido autorizada para la venta de armas a Venezuela, realizó dos transferencias el 22 y el 28 de diciembre de 1994 desde el MTB Bank de Nueva York por dos millones de dólares cada una a la cuenta de Yoma SA en el Banco Baires, como aporte de capital irrevocable, interviniendo Daforel en una de ellas.

A su vez, el traficante armas Diego Palleros había solicitado el pago de 400 mil dólares a la cuenta de Daforel en el MTB Bank , "por lo que resulta imprescindible a esta altura de los acontecimientos profundizar la pesquisa en punto a la vinculación existente entre Daforel y Elthan Trading, máxime cuando del expediente surge que Muhammad Yalal Nachach, sobrino de Emir Yoma, era el presidente y único director de la sociedad durante el período investigado".

El apoderado legal de Daforel, luego de asegurar que no conocía a Palleros, admitió que se recibió una transferencia de 400.000 dólares sin instrucciones respecto al destino de los fondos y que ese aporte permaneció en la cuenta Daforel hasta que se concretara por parte de Fabricaciones Militares el destino a asignarle.

El tribunal consideró "al menos insólito que semejante suma de dinero aparezca en tal cuenta sin que puedan explicarse sus motivos, por lo que ordenó investigar el origen y el destino de ese dinero.

"No puede perderse de vista que en la presente causa se investiga el circuito del dinero proveniente de la venta ilegal de armas, que aparece Daforel como intermediaria de un crédito de 400 mil dólares y con una transferencia por dos millones de dólares para Yoma SA por orden de Elthan Trading y que a la fecha no se ha investigado el origen proveniente de los fondos que como aportes irrevocables de capital se han transferido a Yoma SA durante los años 1994 y 1995", subrayó el tribunal, que sugirió que esas circunstancias deberán ser investigadas por Urso.

Por último advierten los camaristas que "nos encontramos ante sociedades constituidas en el Uruguay que estarían vinculadas entre si en el mismo período que se investiga en autos, que Daforel -mediante la transferencia efectuada-, también estaría vinculada a Elthan Trading SA, por lo que el origen de los fondos que fueron transferidos a Yoma SA deberá ser claramente investigado, toda vez que atento a las presentaciones efectuadas en el expediente, existirían elementos suficientes para presumir que los mismos podrían provenir de maniobras delictivas vinculadas a la presente causa".

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dju / dju
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