El consejero Eduardo Orio manifestó a Diariojudicial.com que “la Corte en su acordada había planteado una cuestión jurisdiccional, pero el Consejo tiene competencia de aplicar la emergencia Económica y Financiera en el Poder Judicial, porque tiene a su cargo la Administración y Ejecución en materia presupuestaria exclusiva dentro del tercer poder del Estado”, indicó el letrado. También adelantó la posibilidad de que este tema sea planteado en el primer plenario del Consejo si es que el cuerpo cuenta con la presencia del presidente de la Corte y el Consejo, Julio Nazareno que a veces es subrogado por el vicepresidente del Consejo, Diego May Zubiría.
Por aquellos días, la Corte Suprema había dejado sin efecto una resolución del Consejo de la Magistratura por la cual se había declarado "inaplicable" la ley de Emergencia Económica, en virtud de los juicios con sentencia firme que deben ejecutarse y que involucran a jueces y funcionarios.
El máximo tribunal a través de una acordada señaló que la ley "se deberá aplicar en el ámbito del Poder Judicial de la Nación" -del cual el Consejo forma parte- hasta tanto la Corte "resuelva sobre el particular". Por esa razón, dispuso "suspender los efectos de la resolución 372/00 del Consejo de la Magistratura, hasta tanto esta Corte Suprema se pronuncie en los términos que contempla el artículo 23 de la ley 25.344".
El Consejo había fundado su decisión en la imposibilidad de afrontar el pago de cerca de 9 millones de pesos que el Ministerio de Economía le adeuda de las partidas correspondientes al presupuesto del año en curso, cuyo envío fue suspendido a partir de la vigencia de la ley, las que debían destinarse al pago de esos juicios iniciados por jueces y funcionarios.
El malestar que provocó ese pronunciamiento de la Corte, causó que el recientemente designado presidente de la Comisión de Administración y Financiera del Consejo, el camarista civil Claudio Kiper, planteara un plenario extraordinario en reclamo de la competencia del cuerpo en esta cuestión, pero esa posibilidad fue truncada en virtud de que algunos consejeros no estaban disponibles por la cercanía de las fiestas de fin de año. En ese entonces, voceros del Consejo habían advertido que la decisión adoptada por la Corte, sólo "es de facultad del Poder Judicial y del Consejo de la Magistratura".