Así lo resolvió la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que condenó a Lufthansa a pagar la suma de 10 mil pesos en total a repartirse entre cuatro pasajeras que iniciaron una demanda a la compañía por "incumplimiento contractual".
De acuerdo al expediente, las demandantes habían contratado una excursión para visitar las ciudades de Budapest, Praga y Viena, para cual habían adquirido pasajes aéreos de esa línea.
Cuando se presentaron en el aeropuerto de Ezeiza, se les informó que el vuelo había sido cancelado debido a fallas técnicas del avión, por lo que parte de los pasajeros fueron derivados a una aeronave de Air France.
En su odisea, las cuatro mujeres debieron viajar por otra nave de United Airlines que partió a Miami, en los Estados Unidos, cuatro horas después.
En ese aeropuerto debieron aguardar 14 horas de espera, sin que se les suministrara alojamiento, ni comodidades de ningún tipo.
Desde allí pudieron llegar a Frankfurt y luego a Budapest con casi 48 horas de atraso respecto del vuelo originalmente programado.
La compañía había alegado en su descargo que se trató de un "hecho fortuito" por el desperfecto en una de las turbinas del avión.
El tribunal, integrado por los camaristas Octavio Amadeo y Eugenio Buligyn tuvo en cuenta los "padecimientos físicos y espirituales que no son meras molestias, sino que constituyen un grave daño moral".
"Es la compañía aérea la que debe hacer todo lo posible para que los pasajeros frustrados por su incumplimiento puedan continuar el viaje lo antes posible y asegurarles las comodidades mínimas durante la espera", señalaron.
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