La denuncia fue presentada por el abogado Eduardo Barcesat, quien denunció al presidente Fernando de la Rúa, al ministro del Interior, Ramón Mestre; al secretario de Seguridad Interior Enrique Mathov; el gobernador de Salta, Juan Carlos Romero; el juez federal de esa provincia Abel Cornejo y el comandante de la Gendarmería Nacional Hugo Miranda, por los homicidios calificados de Carlos Santillán y José Oscar Barrios, así como por las lesiones y daños inferidos a los manifestantes de General Mosconi.
Barcesat pidió al juez Jorge Luis Ballestero que examine "la viabilidad de la aplicación de la Convención Internacional sobre Prevención y Sanción del Genocidio, atendiendo a la orden de reprimir en forma indeterminada a los manifestantes, lo que configura una orden de aniquilar o perseguir a un grupo humano como tal".
El letrado formuló la denuncia por la presunta comisión de los delitos de "homicidio agravado en concurso con lesiones, daños, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público".
Asimismo, y luego de considerar de "generosamente antijurídicas" las órdenes impartidas, Barcesat pidió que las dos Cámaras del Congreso analicen la posibilidad del juicio político de los funcionarios nacionales; hagan otro tanto en la Legislatura de Salta con los provinciales y el Consejo de la Magistratura respecto del juez Cornejo.
La presentación judicial manifiesta que "como es de público conocimiento, en respuesta a las demandas sociales de empleo, asistencia social y aumento salarial de empleados de la localidad de General Mosconi, autoridades nacionales y provinciales, dispusieron la represión de las manifestaciones, a cuyo efecto se enviaron a esa localidad escuadrones de la Gendarmería Nacional".
"Haya partido de quien haya partido la orden de reprimir a los manifestantes, apelando al uso de armas de fuego y encañonando al propio pueblo de la Nación, lo indubitable es que se desató el aniquilamiento de un grupo humano, convertido en sujeto pasivo de este obrar por la decisión de quienes detentan el ejercicio monopólico del aparato de fuerza del Estado, y que han sido constituidos en grupo, en sujeto pasivo, del obrar represivo y aniquilante, por una semantización emanada del propio represor", destacó el denunciante.
Barcesat destaca que, de acuerdo a lo reflejado por los medios periodisticos y los testimonios de las victimas y personas de la población atacada, "la represión no fue en función de impedir la comisión de algún hecho delictivo que configure delito de acción pública” y que, por el contrario, "el obrar delictivo fue el desatado por los Gobiernos nacional y provincial, pasando incluso, por sobre la autoridad del juez federal interviniente”.