Freiler se pronunció por esa vía en un dictamen posterior al fallo por el cual el juez federal Jorge Luis Ballestero declarara prescripta la acción penal el 14 de julio del 2000, fallo en el que hizo hincapié -en los primeros meses de este año- en la "manifiesta arbitrariedad con que se conducían los máximos responsables políticos y económicos" de la dictadura, en torno al tratamiento de la deuda externa.
La causa por la "legitimidad de la deuda externa" había sido promovida por el abogado Alejandro Olmos, y en aquella ocasión Ballestero remitió los antecedentes al Congreso para que se deslinden las responsabilidades políticas, entre otros, del ex ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz.
"Si bien es cierto que se encuentra cerrada la posibilidad de enjuiciamiento criminal de los responsables indicados en la sentencia, nada obsta a la promoción de acciones civiles por los daños y perjuicios derivados de su accionar, ya que el trámite de la causa penal, interrumpe el curso de la prescripción civil", dijo Freiler a través de un dictamen conocido hoy.
En tal sentido, el representante del Ministerio Público estimó que "la situación económica nacional que ha entrado en una crisis de enorme magnitud, en la que el peso de los intereses de la deuda externa juega de modo fundamental (absorbe el 22 por ciento del presupuesto de gastos del país) lo que torna imperioso demandar las indemnizaciones pertinentes a los funcionarios responsables de una situación ilegal y/o ilegitima, a quienes se beneficiaron de la misma, y a quienes, como el FMI, la facilitaron e impulsaron".
"El país fue puesto desde el año 1976 bajo la voluntad de acreedores externos y en aquellas negociaciones participaron activamente funcionarios del Fondo Monetario Internacional", afirmó el fiscal Freiler en su pronunciamiento quien además destacó que el endeudamiento del sector privado pasó al sector público a través del régimen del seguro de cambio, incrementando aún más la deuda externa.
“Empresas de significativa importancia y bancos privados endeudados con el exterior, socializando costos, comprometieron todavía aún más los fondos públicos con el servicio de la deuda externa a través de la instrumentación del régimen de seguros de cambio", destacó.
Asimismo, advirtió que "la existencia de un vínculo explícito entre la deuda externa, la entrada de capital externo de corto plazo y altas tasas de interés en el mercado interno y el sacrificio correspondiente del presupuesto nacional desde el año 1976 no podían pasar desapercibidos en autoridades del Fondo Monetario Internacional que supervisaban las negociaciones económicas".
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