Delia Esther Basualdo Bayá solicitó a la justicia en lo contencioso administrativo federal que suspenda los efectos de la ley 25453 a través de una medida cautelar de no innovar para luego resolver el fondo de la cuestión planteado en un recurso de amparo. La causa quedó en manos del juez Ernesto Marinelli.
La actora pidió al juez que declare la inconstitucionalidad de los artículos 10 y 14 de la ley. El primero y más discutido en el debate legislativo en particular es el que dispone el recorte de acuerdo a los montos recaudados cada mes, mientras que el segundo derogó el decreto 430/2000 con el que el ex ministro de Economía José Luis Machinea dispuso un recorte en los sueldos del sector público del 12 por ciento y por el que Basualdo Bayá presentó otra demanda que tramita ante el juzgado en lo Contencioso Administrativo de Susana Haydee Córdoba.
De acuerdo a la presentación, “la norma fue sancionada defectuosamente” porque en la sesión del Senado “la votación no alcanzó la mayoría total de los miembros presentes. Según la empleada del Ministerio de Justicia, la votación en particular del artículo 10 reunió un total de 21 votos afirmativos sobre un total de 43 legisladores presentes, “lo que significa su rechazo lisa y llanamente”.
Para la demandante, la abstención de uno de los senadores no implicó el empate (de 21 a 21) que dio lugar a la definición de Losada a través de un doble voto, sino que hizo que el proyecto de artículo 10 quedase “reglamentariamente rechazado”.
En cuanto a su legitimación para interponer la demanda, la actora explicó que la intangibilidad del salario y la estabilidad laboral “son irrenunciables” y constituyen el derecho a la propiedad, con lo que se encontrarían vulnerados los artículos 14 bis y 17 de la Constitución.
Por otra parte, aseguraron que la ley de “déficit cero” viola distintos artículos de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y de la Convención Americana de Derechos Humanos, con lo que se hizo reserva del caso federal. Además citaron jurisprudencia de la Cámara Federal Contencioso Administrativa que declaró en varias oportunidades la inconstitucionalidad de las rebajas salariales.
También estuvo incluida en la petición la inconstitucionalidad de los artículos 14 y 15 de la norma, que prohíben a los jueces dictar medidas cautelares que afecten el erario público. La actora citó en este planteó como antecedente la decisión de la juez laboral en feria Sara Nieves Silva en la causa CTA contra Estado Nacional.
A esta presentación le seguirán unas cuantas más que están preparando numerosos empleados del Ministerio de Justicia asesorados por los abogados del gremio de los estatales, que consiguieron que a través de una resolución, el ministro Jorge de la Rúa bajara el recorte a los contratados al 13 por ciento, mientras que en un inicio, de acuerdo a la ley de déficit cero, alcanzaba el 30 por ciento.
A cambio de esta flexibilización del hermano del presidente, los empleados nucleados en la Asociación de Trabajadores del Estado y en la Unión del Personal Civil de la Nación aceptaron finalizar el paro por tiempo indeterminado que ya llevaba dos semanas de duración.
Sin embargo, se decidió que continuarían apoyando las protestas que encabezara ATE, por lo que mañana comenzará, como en el resto de los organismos de la Administración Pública, un paro de tres días que incluirá una asamblea en la puerta del Ministerio en Sarmiento 329 y el corte de la avenida Paseo Colón en su intersección con Belgrano.
Monner Sans también
Por otra parte, una denuncia para que se investigue si la llamada Ley de Déficit Cero contó con el respaldo de los votos suficientes para su aprobación en el Senado el pasado 30 de julio fue presentada hoy en la justicia federal.
La misma apunta también a la validez del voto del justicialista Omar Vaquir quien, según se sostiene en el escrito presentado, ya había sido designado como embajador en Kuwait antes del debate, por lo que no podía ejercer funciones como legislador.
Según el abogado Ricardo Monner Sans -autor de la denuncia- el nombramiento de Vaquir como embajador debía haber impedido "su ingreso" en el Senado, por lo que reclamó que se investigue las eventuales responsabilidades.
En ese sentido, el letrado sostuvo que la votación del artículo 10 de la ley 25.453, publicada en el Boletín Oficial el 31 de julio, en el que se aprobó la reducción en los haberes de jubilados, pensionados y trabajadores estatales en un 13 por ciento "implicó violar normativa vigente" ya que "Vaquir más, Vaquir menos, el resultado de la primera votación registró empate y el Presidente de este Senado (Mario Losada) votó doble, para desempatar".
Recordó en ese sentido que el artículo 212 del Reglamento del Senado dispone que toda decisión debe tomarse por la mayoría absoluta de los presentes, por lo que la aprobación del artículo "debió obtener cuanto menos 22 votos, sin contar el voto doble de Losada".
"Si los presentes hubieran sido 42, el número logrado hubiera bastado. Con 43 presentes, el número logrado no fue útil para la sanción” (por no lograrse la mitad de 43, mas uno, que según el denunciante es la forma de computar la mayoría absoluta). “Quedó informado que el senador Alcides López, al estar en el recinto y abstenerse, hizo que el número conseguido fuera todavía peor en los términos del Reglamento del Senado", subrayó el denunciante.
La presentación quedó radicada en el juzgado federal a cargo de Gabriel Cavallo a quien se le solicitó una medida cautelar que impida la aplicación del ajuste salarial, habida cuenta que habría sido aprobado de manera presuntamente irregular.
El letrado, quien cuestiona la validez del voto de Vaquir, destacó que si "por ser embajador designado no pudo “reasumir” como legislador -se dice que hubo hasta fiesta previa de despedida- (entonces) habría ingresado en la figura de usurpación de autoridad", según lo establece el artículo 246 del Código Penal.