La solicitud de medida de no innovar se funda en la implementación a partir de septiembre de un proyecto que establece un aumento de velocidad en las avenidas Figueroa Alcorta y Libertador, de 60 a 70 km por hora. Según los denunciantes el incremento "carece de sustento jurídico técnico y legal y podría generar mayor cantidad de accidentes de tránsito”.
La presentación recayó en el juzgado en lo contencioso administrativo nº 12, de la ciudad de Buenos Aires, a cargo de la juez Alejandra Petrella. Los demandantes sostuvieron que la medida, que se aplicará por 90 días para evaluar luego si se remite un proyecto de Ley a la legislatura porteña, “resulta absolutamente ilegítima y atenta contra la seguridad de los habitantes de la Ciudad”, además de “vulnerar los principios consagrados en la Constitución de la Ciudad”.
“Es evidente que la forma de comprobar si funciona el plan, resulta de comprobar la mayor o menor producción de accidentes de tránsito, lo que resulta a todas luces una irresponsabilidad política manifiesta pues se trata de vidas humanas que ven afectado su futuro como resultado de monitorear si el plan es viable o no”, manifestaron
La asociación sin fines de lucro recordó que la Argentina “presenta una alta tasa siniestral como emergente de una ausencia de políticas públicas estatales sostenidas en el tiempo y proyectadas a largo plazo”, sumado a esto que no hay educación vial obligatoria ni un eficaz control efectivo en la vía pública”.