La iniciativa fue impulsada por legisladores justicialistas tras la presión de los gobernadores provinciales para que este impuesto sea coparticipable, es decir distribuir entre las provincias lo recaudado con el gravamen.
Recordemos que Fellner se presentó ayer en el Palacio de Justicia para dejar un escrito en el que solicitó a la Corte que oficie de mediadora con el Ministerio de Economía, para que la cartera que encabeza Domingo Cavallo “cumpla con los convenios de asistencia financiera”, para lo cual contó con el apoyo de 13 gobernadores peronistas que tratan de impedir un eventual recorte a la coparticipación federal.
El proyecto fue firmado por los diputados justicialistas Miguel Angel Pichetto, Oscar Lamberto, Marcelo López Arias, Eduardo Camaño y Ricardo Quintela. En los fundamentos del proyecto se desraca el principio sentado en el inciso 2º del artículo 75 de la Constitución Nacional, que establece que
“Corresponde al Congreso:
2. Imponer contribuciones indirectas como facultad concurrente con las provincias. Imponer contribuciones directas, por tiempo determinado, proporcionalmente iguales en todo el territorio de la Nación, siempre que la defensa, seguridad común y bien general del Estado lo exijan. Las contribuciones previstas en este inciso, con excepción de la parte o el total de las que tengan asignación específica, con coparticipables...”
“Esta sabia norma constitucional”, se expresa en los fundamentos del proyecto, “adquiere mayor importancia en la estructura institucional actual de la Argentina, en la cual todas las funciones esenciales del estado (salud, educación, seguridad, acción social) han sido asumidas por las provincias argentinas”.”
“Entendemos que el producido de este impuesto (a los debitos y creditos bancarios) debe integrar parte de la masa coparticipable del régimen vigente sobre participación nacional de impuestos, régimen que no sólo respeta los principios rectores en materia tributaria a lo referente a la participación de la Nación y las provincias en la recaudación y distribución de tributos coparticipables, sino que además constituye un ejemplo del respeto al principio federal consagrado constitucionalmente y de la relación armónica entre Nación y Provincias, que siempre debe organizarse”, se concluye en los fundamentos de la iniciativa.
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