20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Juicio abreviado laboral

El Senado bonaerense aprobó un proyecto de ley que pone en marcha un proceso abreviado para el cobro de deudas salariales.

 
El senado bonaerense aprobó en su última sesión un proyecto que revolucionaría el proceso de los juicios laborales en la provincia de Buenos Aires, abreviando sustancialmente etapas, tanto en sede administrativa como en la judicial propiamente dicha.

La iniciativa, de la senadora provincial (PJ) Susana Salerno, que tiene media sanción y fue girada a Diputados prevé para la etapa de diligencias preliminares de intimación mediante carta documento o telegrama en la cual consten datos tales como fecha de ingreso, categoría profesional, nivel remuneratorio y monto reclamado.

Voceros judiciales señalaron que en la actualidad la intimación administrativa, tiene características más simples y generalmente tiende al reconocimiento de la relación laboral.Pero en el caso ideal de aprobarse el proyecto, se le exige al empleador "que responda puntualmente" y que "si está dispuesto a satisfacer el reclamo, debe citar al pago".

En tanto, si las partes no acuerdan mediante la vía administrativa "se abre la etapa judicial en la que debe acreditarse el intercambio telegráfico y ratificar por testigos los puntos incluidos en la intimación".Cumplida esa ratificación "se libra mandamiento de embargo y se cita al deudor para que plantee su defensa", se señala en el proyecto al que tuvo acceso Diariojudicial.com.

El proyecto, que contó con el asesoramiento del abogado marplatense Beltrán Laguyás expresa que "ante la precarización del trabajo y la merma de oportunidades laborales, con la obvia falta de dinero, quienes son acreedores por remuneraciones, no disponen de medios idóneos para hacer valer sus derechos rápidamente".

En tanto, en los fundamentos se añade que "se busca nivelar la gran desigualdad legal existente entre los reclamos judiciales por salarios (que demoran años)frente al tratamiento más ágil que reciben pleitos en que se debaten otros conceptos" en alusión a los juicios ejecutivos en el fuero civil.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486