03 de Julio de 2024
Edición 6998 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/07/2024

Dónde hay un mango, viejo Gómez

Otra cautelar ordena al Ejecutivo que no recorte haberes a los jubilados. Como es habitual en estos casos, el juez declaró la inconstitucionalidad del art. 14 de la ley de déficit cero que impedía a los jueces dictar medidas cautelares.

 
Un juez federal platense hizo lugar a un amparo presentado por 150 jubilados. Además de los argumentos legales también abonó el surgido de la íntima convicción acerca de fijar en mil pesos el mínimo haber existente como para asegurar los gastos indispensables.

Los accionantes, quienes cobran sus jubilaciones a través del ANSES habían denunciado que el recorte previsto en el ajuste nacional "lesiona arbitrariamente nuestro derecho como beneficiarios, el de propiedad, a gozar del régimen de seguridad social, y vulnera garantías constitucionales".

En el pedido de amparo, patrocinado por el abogado Gustavo Mariani, se había señalado que "la cuestionada ley 25.453 (de déficit cero), en su artículo 10, violenta con crueldad y arbitrariedad evidentes, derechos adquiridos por los beneficiarios, cuya prestación sabido es, tiene por finalidad suplir el salario de la vida activa cubriendo de ese modo las contingencias de la vejez y enfermedad".

En diálogo con Diario Judicial, el abogado señaló que “se trata de un conjunto de acciones en las que hemos planteado contra el recorte del haber jubilatorio y el doctor Miralles admite la acción corre traslado adonde corresponde y al analizar la medida cautelar decide que la reducción del haber se dejará sin efecto”. Mariani añadió que “la resolución ordena al ANSES esta medida por entender que está suficientemente acreditado el derecho y el peligro en la demora por el daño que podría significar atento la edad y los bajos haberes que perciben para sus condiciones de vida” agregando que “estos daños son de insuficiente o imposible reparación posterior si esta medida no se dicta”.

“Para poder dictar la medida de no innovar el juez tuvo que declarar la inconstitucionalidad del artículo 14 de la ley denominada de déficit cero que impedía a jueces dictar medidas cautelares y alegó que se trataba de una invasión intolerable del Poder Legislativo por sobre el Judicial” explicó el letrado.

En tanto, anticipó que “ahora vamos a prestar la caución que corresponde para garantizar que en caso de generarse perjuicios contra el estado responderán por ello y luego notificaremos al ANSES de la medida judicial que deberán cumplir”.

Respecto de la fijación de mil pesos de haber mínimo el abogado afirmó que “el juez estableció el corte en mil pesos y señaló que son beneficiarios de la medida quienes percibieran ese haber” . “Es un criterio que podrá o no compartirse pero lo cierto es que hay una altísimo porcentaje de jubilados que están en esa suma e intentamos que aquellos que están en la zona cercana al riesgo que hemos planteado se vean protegidos por la medida y el fin se ha logrado”, aseveró.

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dju / dju
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