Di Tella fue citado a indagatoria por el magistrado el pasado 19 de septiembre, en el marco de la ronda en la que también lo hicieron el ex presidente Carlos Menem y el ex asesor presidencial Emir Yoma, audiencia en la que el ex titular del Palacio San Martín evidenció “lapsos prolongados” de silencio, para responder algunas de las preguntas que se le formularon.
Esos síntomas alertaron a Speroni quien ordenó la realización de pericias basándose en el artículo 78 del Código Procesal Penal que contempla de ese tipo de estudios en causas en las que están en danza delitos con penas de más de diez años de prisión, y en los casos de personas sordomudas o mayores de 70 años.
Días después el primer informe reveló que Di Tella no se encontraba en condiciones de ejercer su defensa en juicio, pero la fiscal de la causa, Alicia Sustaita solicitó que los peritos ampliaran esos estudios y dieran especificaciones sobre algunos puntos del diagnóstico.
De ese modo, se confirmó la existencia de “retornos psiquicos”, que habrían sido producto de “cuadros episódicos cerebro vasculares” ocasionados por derrames cerebrales que padeció el ex funcionario.
Al conocerse los nuevos informes, Sustaita, según indicaron voceros judiciales, sostuvo que no debía declararse la inimputabilidad de Di Tella, en tanto que el juez fundó su decisión al sostener que no estaba en condicones de ejercer su defensa en juicio, ante la posibilidad que no llegue a comprender la criminalidad de sus actos.
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