Un tribunal federal de la ciudad de Córdoba tomó esta medida, de conformidad
con lo pedido por la defensa y la propia fiscalía en la primera audiencia del
juicio oral y público que se lleva contra un joven, aparentemente de nacionalidad
boliviana, por tráfico de drogas, según lo informa el diario La Voz del Interior.
Durante la suspensión, el tribunal librará oficios al consulado boliviano en
Córdoba, a la embajada argentina en Bolivia y también a la Interpol para poder
identificar fehacientemente al acusado, quien fue detenido en la terminal de
ómnibus de la ciudad de Córdoba, llevando 10 cápsulas de cocaína en el estómago.
Aún no sé sabe fehacientemente su nombre y apellido, dado que en el expediente
constan tres identidades diferentes. Tampoco se conoce su fecha de nacimiento.
Al respecto, cuando lo detuvieron, el muchacho dijo que tenía 13 años. Y si
bien eso no resulta verosímil, no hay certezas sobre su edad. Eso decidió la
suspensión del juicio, ya que si el joven no hubiese tenido 18 años al momento
de cometer el delito, su situación legal varía totalmente.
Cabe recordar que la ley 22278 (sobre régimen penal de la minoridad ) establece
que el menor de dieciocho años no es punible respecto de delitos de acción privada
o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos años, con
multa o con inhabilitación. Si el delito tiene prevista una pena mayor de dos
años, el menor es punible y se lo somete a proceso, pero la imposición de pena,
dice el artículo 4º de la ley, estará supeditada a los siguientes requisitos:
"1 que previamente haya sido declarada su responsabilidad penal y la civil
si correspondiere, conforme a las normas procesales.
2 que haya cumplido dieciocho años de edad.
3 que haya sido sometido a un período de tratamiento tutelar no inferior a un
año, prorrogable en caso necesario hasta al mayoría de edad.
Una vez cumplidos estos requisitos, si las modalidades del hecho, los antecedentes
del menor, el resultado del tratamiento tutelar y la impresión directa recogida
por el juez hicieren necesario aplicarle una sanción, así lo resolverá, pudiendo
reducirla en la forma prevista para la tentativa.
Contrariamente, si fuese innecesario aplicarle sanción, lo absolverá, en cuyo
caso podrá prescindir del requisito del inciso segundo."
Además, las penas privativas de libertad que los jueces impusieran a los menores
se harán efectivas en institutos especializados. Si en esta situación alcanzaren
la mayoría de edad, cumplirán el resto de la condena en establecimientos para
adultos. Tampoco puede el menor estar detenido en un establecimiento carcelario
para adultos, mientras se sustancie el juicio. Por eso, junto con la decisión
de suspender el juicio, el tribunal resolvió el traslado inmediato del acusado
a la alcaidía de los tribunales federales. Hasta ayer, y desde hace ocho meses,
el joven estuvo alojado en una cárcel de adultos.
En el caso, más improbable, de que el acusado sea menor de dieciséis años,
este directamente no sería punible, cualquiera sea la pena prevista para el
delito
El joven fue detenido el 29 de marzo en la terminal de ómnibus de Córdoba,
20 minutos después de bajar del colectivo que lo trajo de Salta. Supuestamente,
lo debía contactar allí la esposa de quien le dio la droga, y ella lo llevaría
a un hotel para que evacuara las cápsulas. Pero la mujer nunca apareció. Sí
lo hicieron los gendarmes, que habían recibido una llamada anónima.
Apenas iniciado el juicio, el fiscal Miguel Rizzotti pidió la palabra y recordó
que la Justicia no había podido determinar la edad del acusado y le pidió al
tribunal que suspenda el juicio para buscar mayores certezas.
En la instrucción se había ordenado una pericia odontológica sobre las piezas
dentarias y un estudio de osificación de las muñecas y las rodillas del acusado,
en el que el forense señaló que "con elevado grado de certeza" podía decir que
el joven tenía un mínimo de 18 años y un máximo de 20. Sin embargo, el fiscal
Rizzotti consideró que "es tan tajante para la ley la diferencia entre un joven
de 17 y uno de 18 años, que no podemos manejarnos con este margen de duda".