02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Nada vale sin los dos testigos

Tras un dictamen de mayoría logrado por consenso en la Comisión de Legislación Penal de Diputados, el plenario de la Cámara se disponía, al cierre de esta edición, aprobar el incremento de facultades a las fuerzas de prevención.

 
La Cámara de Diputados se disponía a aprobar al cierre de esta edición la ley que aumenta atribuciones a la policía aunque manteniendo la norma que exige dos testigos para que los procedimientos tengan validez (artículo 138 del Código Procesal Penal), en consonancia con el pedido que realizaron ayer en la Comisión de Legislación Penal el Fiscal General de Política Criminal, Maximiliano Rusconi, y su auxiliar, Daniel Rafecas.

Esta fue la decisión consensuada de mayoría en la Comisión Legislativa, a la que se llegó luego de un arduo debate que se generó luego de que los funcionarios del Ministerio Público presentaran el informe de la Comisión Investigadora de Procedimientos Policiales Fraguados, en los que se da cuenta de 55 casos testigo en los que se muestra un modus operandi para aumentar las estadísticas policiales.

"Gracias a los testigos fue posible descubrir los procedimientos fraguados; de otra forma hubiera sido imposible", explicó Rafecas a Diariojudicial.com, que consideró al encuentro con los miembros de la Comisión de Legislación Penal como "muy fructífero y con un clima de pluralidad".

En la reunión de ayer con quince legisladores también estuvo presente el fiscal de la Cámara de Casación Penal Raúl Plee, quien sostuvo que la actual necesidad de convocar a dos testigos complica la tarea de la policía en algunos casos, aunque sin embargo destacó que "no es malo que haya opiniones encontradas en el Ministerio Público, en un clima democrático". Así, se votará el dictamen de mayoría consensuado entre el justicialismo, el radicalismo y el Ministerio de Justicia, mientras que la minoría de la Comisión dictaminó esta mañana por mantener el Código Procesal Penal sin reforma alguna.

Por otro lado, según anunció el presidente de la Comisión, Dámaso Larraburu, se modificará el artículo 184 del Código de forma para permitir a la policía que en situaciones de "flagrancia" pueda requerir del sospechoso "noticias e indicaciones" sobre circunstancias relevantes que orienten la investigación. Además se abrirá la puerta a la requisa preventiva sobre personas, efectos y vehículos y se elevará de 3 a 5 días el plazo con que cuenta la policía para elevar el sumario al juez y la incomunicación de 6 a 10 horas.



l.h. / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486