El ex jefe de Estado presentó un extenso escrito ante una denuncia del abogado Juan Pandis ante el Colegio Público porteño, en la que había solicitado sanciones disciplinarias para el ex presidente, en su carácter de letrado matriculado, a raíz de su actuación en la instauración del corralito.
De la Rúa aseveró que a partir de enero del 2001, con las investigaciones de lavado de dinero encaradas por la diputada del ARI, que apuntaban a establecer el origen de casi 9000 millones de dólares, se comenzó a generar un clima de incertidumbre en el país que derivó en la imposición del controvertido decreto que instauró el corralito.
Respecto de los medios y los bancos los acusó de haber dado cuenta de presuntas corridas bancarias hecho que, según explicó, terminaron creándola y de esta forma apuntó que ante esa situación “el deber constitucional imponía proteger el interés nacional y evitar que el sistema financiero operase en condiciones que provocarían una crisis financiera total”.
Además, afirmó que cuando se dictó el decreto cuestionado, que llevaba la firma completa de los integrantes del gabinete nacional, tal medida alcanzó a todos “sin excepción, tanto a los funcionarios como al presidente”.
También diferenció el primer corralito del actual cuando aclaró que “las restricciones del decreto eran estrictamente temporarias, sólo afectaban el retiro del dinero en efectivo por encima de determinados topes, no impedían la libre disposición del dinero dentro del sistema financiero, ni alteraban la modalidad ni la moneda bajo la cuál se había efectuado los depósitos, ni mucho menos se reprogramaba la fecha de su cancelación”.
Respecto del pedido de sanciones el ex mandatario consideró que la presentación que cuestiona su proceder no ha contemplado la situación vigente al momento del Decreto 1570/01 sino la que se daba al momento de la gestión de gobierno que lo sucedió.
Sobre eso, manifestó que “en consecuencia, no se puede cuestionar la conformidad constitucionalidad” de su “proceder a la luz de dicho precedente”, que no puede invocarse de ninguna manera como parámetro para ese juicio.
Además, recordó que “la Constitución procura, sin mengua del principio de la división de poderes, la preservación de las garantías individuales y sociales amenazadas por la situación y, a través de ello, el mantenimiento de la forma republicana de gobierno.
En tanto, De la Rúa concluyó su escrito al mencionar que el Tribunal de Disciplina del Colegio carecía de competencia y que, en todo caso, él actuó siempre dentro de la Constitución, por lo que “la acción que se plantea es improcedente e infundada” .