22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

De la Rúa vetó el control a los jueces penales

El Presidente accedió así al reclamo del sector, que consideraba que la norma aprobada por Diputados afectaba la independencia de los jueces.

 
El Presidente Fernando De la Rúa, vetó ayer parcialmente el artículo 9 del proyecto de reformas a la ley 24.390 (dos por uno) en cuanto establecía el contralor del Consejo de la Magistratura sobre el mérito y los motivos de las decisiones judiciales que prorrogaran prisiones preventivas o dispusieran su cese. Tal como lo había adelantado Diariojudicial.com el miércoles de la semana pasada, resultaron exitosas las gestiones de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional ante el Senado, el Ministerio de Justicia, la Secretaría Legal y Técnica y el propio Presidente.

El gremio de los jueces y secretarios había considerado a esa norma a través de varios comunicados como “una grave afectación a la independencia de los jueces”. A pesar del veto presidencial, los magistrados consideran que aún “subsisten aspectos estadísticos que pueden ser satisfechos a través de la estadística que lleva la Corte Suprema” y que implicarán “conflictos de competencia y gastos innecesarios”. El artículo 9, ahora vetado parcialmente, prescribía la obligación de los jueces penales de comunicar al Consejo los motivos de la prórroga de la prisión preventiva, los de su cese y las razones por las que no se puede celebrar el juicio oral y público, bajo amenaza de sanción grave. Tras gestiones ante el Senado, la Asociación de Magistrados había logrado en un primer momento que la cláusula quedara excluida de la ley. Sin embargo, cuando el proyecto volvió a Diputados –la Cámara de origen- fue votado con la norma en sólo 15 minutos y sin debate parlamentario.

El control asignado Consejo ingresó en el proyecto de mayoría tras un arduo consenso para aprobar la derogación del dos por uno, siendo la condición que impuso Acción por la República, el partido del ministro Domingo Cavallo, para aprobar la norma.

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dju / dju
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