20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

En la demora está el peligro

Un juez federal de Bahía Blanca ordenó a la Obra Social de la Policía Federal que arbitre los medios necesarios para que una menor sea trasladada a Cuba para un tratamiento. FALLO COMPLETO

 

La obra social de la Policía Federal Argentina fue intimada a arbitrar los medios necesarios para que una menor de edad que sufre una severa y mortal enfermedad sea trasladada a una clínica de La Habana, Cuba, para que sea sometida a un tratamiento paliativo a su delicado cuadro de salud, según lo dispuso un juez federal de Bahía Blanca.

En ese sentido, en los autos "M., S. A. s/ Recurso de amparo ", el titular interino del juzgado federal número dos de Bahía Blanca, Alcindo Alvarez Canale, hizo lugar al amparo que presentó el padre de la menor en contra de la mutual ya que desde la misma se negaban a permitir que la niña de 9 años fuera trasladada a Cuba ya que mencionaban que su enfermedad era incurable.

El expediente se inició el 8 de agosto de 2000, cuando desde la Obra social se negaban a autorizar el traslado de la hija de Maldonado a un centro de Salud de Rusia en donde al parecer tenían una posible solución al serio problema de la menor.

Luego de recibir la notificación de la embajada Rusa, de que la clínica Primavera, era un ente privado y que entonces ese estado no podía precisar si era certero el dato de que la chica se podría curar en ese establecimiento, el padre de la misma decidió cambiar su petición y manifestó su intención de que la menor fuera tratada en Cuba.

La Clínica elegida en el país del caribe, Centro Internacional de Restauración Neurológica, era la misma en donde la menor ya se había tratado en 1999, oportunidad en que la obra social no había tenido problema en autorizar el viaje para que la niña se tratara su cuadro de "ATROFIA MUSCULAR ESPINAL o enfermedad de WERDNING - HOFFMAN".

Luego de que la paciente se sometiera a un tratamiento de 35 días, volvió al país, pero los profesionales cubanos le recomendaron que debía someterse a un plan rehabilitación de cerca de cuatro meses continuos, por lo que se pidió un nuevo viaje el cual fue denegado por la mutual.

Ante la negativa, la nena se empezó a tratar en la Argentina y según consta en el expediente los avances que había tenido en el Cuba se fueron perdiendo ante lo cual Maldonado interpuso el recurso ante la justicia.

El juez al tomar la decisión cito al Quijote de la Mancha y mencionó que "en la tardanza suele estar el peligro" en referencia a que la niña cada día iba perdiendo los avances que había logrado en La Habana.

El magistrado, si bien reconoció que las opiniones de los médicos son coincidentes en que la enfermedad que padece la hija del amparista "no tiene cura, y es progresiva y fatal", remarcó que se está "luchando... por una terapia paliativa" que permita a la niña "soportar, de la mejor manera posible, lo que le queda por vivir".

Además, manifestó que "ante una enfermedad invalidante como la que sufre la hija del amparista, lo que debe buscarse es la mejor calidad de vida que se pueda obtener" y agregó que "si los resultados logrados en Cuba fueron buenos, no existe argumento válido para negar esa posibilidad".

En tanto, apuntó que "si en su momento se aprobó, por parte de la Obra Social el tratamiento en Cuba , por razones humanitarias" estas razones "no son consumibles, y no se acaban después de la primera vez; siguen subsistiendo y quizás con más fuerza porque alentaron esperanza y ella no puede ser negada ni a un niño ni a sus padres, más aún en éste caso en que se apreciaron progresos evidentes".

A su vez, reflexionó que "la acción de amparo...no es meramente de carácter procesal, sino de resguardo constitucional al derecho a una vida digna".



dju / dju

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