Así lo resolvió el máximo tribunal a través de una acordada por la cual dejó sin efecto una resolución que data del 2 de julio de 1993 por la cual se creaba, entre otros beneficios, un suplemento mensual para los ex combatientes, equivalente al 10 por ciento sobre el total de sus remuneraciones.
La nueva resolución vino a enmendar las diferencias en esa bonificación surgida de las categorías salariales, y ahora fijo en 400 pesos la suma que deberán cobrar todos aquellos que intervinieron en el conflicto bélico.
"Que en atención a que la causa que originó el suplemento es la participación de los ciudadanos en las acciones bélicas, no resulta equitativo que el cómputo se realice sobre un porcentaje del sueldo correspondiente a los cargos que ocupan, pues no se trata de otorgar el reconocimiento acorde con la jerarquía escalafonaria, sino de bonificar un hecho en el cual todos los agentes han tenido protagonismo", señaló la Corte.
Con la firma de todos sus integrantes, el tribunal dispuso que "la asignación especial dispuesta, no será considerada como base del cálculo para ningún otro adicional, suplemento o bonificación, ni estará sujeta a descuentos previsionales, asistenciales o de cualquier otro tipo".