28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Si me dejan hablo

Ex represor pide al jefe de la Policía Federal y al titular del Ejército que lo releven del “secreto profesional” a fin de ejercer su defensa en juicio en causas por violaciones a los derechos humanos.

 
El ex oficial de la Policía Federal Juan Antonio del Cerro (alias Colores) imputado y procesado en dos causas por violaciones a los derechos humanos durante la represión antisubversiva solicitó a los jefes de la Policía Federal y del Ejército, que lo releven del “secreto profesional” para ejercer su defensa en juicio.

Del Cerro envió sendos escritos al jefe de la Federal, comisario General Roberto Giacomino, y al del Ejército, teniente general Ricardo Brinzoni en las cuales sostiene que se ve “obligado por circunstancias procesales a citar como testigos de descargo a personal superior” de ambas fuerzas “que ejerció jefaturas en su momento o se desempeñó en áreas de inteligencia u operacionales en el ámbito de la lucha contra las Organizaciones terroristas, y de los cuales tuve conocimiento en razón de mi función y estado”.

Del Cerro fue procesado por el entonces juez federal (ahora camarista) Gabriel Cavallo respecto de la sustracción de una menor, hija de los desaparecidos Liborio Paulette y Gertrudis Hlaczik, y por las torturas sufridas por ambos hasta su muerte en el centro clandestino de detención “Olimpo”, en jurisdicción del disuelto Primer Cuerpo de Ejército.

Posteriormente, fue procesado por el juez federal Claudio Bonadio en otra causa por la que se investiga el secuestro y posterior desaparición de militantes de Montoneros.

Por estos hechos Cavallo declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final (23.492 y 23521), fallo que luego fuera confirmado por la Sala Segunda de la Cámara Federal.

En la nota dirigida a Giacomino, Del Cerro -cuya defensa está a cargo de la Defensora Oficial Silvia Otello Rella-- señaló que su solicitud obedece a que siendo integrante de la Policía Federal se desempeñó “en comisión reservada” como Oficial de Inteligencia en el comando Subzona Capital Federal, desde el 1 de enero de 1977 hasta el 12 de diciembre de 1981, por orden Operacional impartida por el Comandante de Zona 1 (comando de cuerpo de Ejèrcito 1º), general de División Guillermo Suárez Mason.

El reclamo de “Colores” contiene una agria lamentación acerca de la actitud asumida por los jefes superiores que se negaron a declarar o fueron reticentes ante la justicia, y constituiría el primer caso de un oficial con intervención directa en la represión que reclama ser eximido del secreto profesional, para que se lo excluya “de las sanciones penales y administrativas que hubieren de corresponder”.

“No permitiré jamás que mi nombre sea mancillado por el silencio o mentiras de mis superiores militares y/o policiales, que no aceptan sus responsabilidades, dejando inermes ante la justicia a sus subordinados de aquella guerra que comandaron, y que, quienes dieron la cara y hasta la vida por ellos, en la silenciosa tarea del Oficial de Inteligencia, sin condecoraciones, sin banda, sin formación de honor, sin honores militares”, expresó en el texto al que tuvo acceso Diariojudicial.com.

Respecto de su pedido, Del Cerro recordó que en razón de su jerarquía “destino y funciones, tuve acceso y tomé conocimiento de documentación, hechos, circunstancias e identidad de personal militar y policial interviniente en operaciones militares y de seguridad, en sus distintas jerarquías y funciones, las que en razón de las medidas de contrainteligencia vigentes debían mantenerse bajo el régimen de ‘estrictamente confidencial y secreto’”.

Por esa razón, señaló que tal situación “me impide ejercer mi legítima defensa sin tener que violar el secreto profesional, al que estoy sometido en razón de las circunstancias mencionadas”.

“El silencio y el desconocimiento que manifiestan en el àmbito judicial quienes fueron mis superiores militares, hacen que los jueces intervinientes (que desconocen absolutamente los términos, usos y costumbres militares) interpreten en forma arbitraria y erróneamente la terminología empleada durante el proceso judicial de la causa 13/84 (Juicio a las Juntas), como ser ‘cuadros inferiores’ ‘capacidad decisoria’ en la cadena de mando establecida en ese entonces”.



dju / dju
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