La media la dispuso la sala II de la Cámara en el marco de una presentación que formuló la Asociación Civil Boca Juniors en contra de la empresa Mercadolibre.com, a raíz de que ésta comercializaba la indumentaria del equipo de la rivera.
Al resolver de este modo, los camaristas desestimaron el fallo de primera instancia del juez Raúl Torti y de ese modo impusieron el pago de la caución por parte del sitio ofertante.
La causa comenzó cuando desde la Asociación Civil le solicitaron al juez que en forma provisoria cesara la explotación del nombre del club que hacía el portal de internet, pero para Torti el planteo debía ser rechazado dado que el mismo “se identificaba con la pretensión definitiva”.
Sin embargo, para los jueces Ricardo Recondo, Marina Mariani de Vidal y Eduardo Vocos Conesa “quien impulsa un incidente puede solicitar que mientras se explote la marca que se presume ajena se deposite un monto en concepto de caución con el fin de atender un eventual resultado en contra al final del juicio”.