27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024
Alicia Pierini : Presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

"Yo creo que sería un gesto político de Estado importante, inconstitucionalizar esas dos leyes aberrantes" (Obediencia Debida y Punto Final)

 

La gestión de Alicia Pierini al frente la Secretaría de Derechos Humanos acompañó el largo proceso iniciado en la Justicia por las Abuelas de Plaza de Mayo para reencontrarse con sus nietos nacidos en cautiverio, cientos de criaturas hijas de desaparecidos durante la dictadura, en su mayoría en manos de militares o allegados a ellos. Ahora, devuelta a la actividad profesional pero a la vez presidiendo la Comisión de Derechos Humanos de la Legislatura Porteña, Pierini plantea la necesidad de la derogación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final dictadas durante el gobierno de Raúl Alfonsín que beneficiaron a aquellos militares, pero a la vez advierte que esa derogación no los llevará a juicio porque las leyes no son retroactivas y se debe aplicar la norma más benigna. Acérrima defensora de un sistema de garantías perdurable, Pierini lamenta que los represores se vean beneficiados por ambas normas, a las que considera “aberrantes”, pero advierte con crudeza que la derogación “no reavivará la persecusión penal” de los responsables de miles de desapariciones.“Que el sistema de garantías beneficie a estos criminales porque no hay retroactividad de la ley penal, porque se aplica la ley mas benigna, lo siento mucho pero yo igual voy a defender ese sistema de garantías. Advierte también que la incorporación de las Convenciones Internacionales en materia de Derechos Humanos al texto de la Constitución, condenando, entre otros, los delitos de lesa humanidad, obligarán a la Corte a declarar la inconstitucionalidad de ambas leyes ya que el andamiaje con que se juzgó a las Juntas Militares en 1985 se edificó sobre la base del Derecho Penal Común, llegándose a situaciones paradójicas como el hecho que el ex dictador Jorge Videla haya sido juzgado y condenado por un número mínimo de crímenes, cuando en el país los desaparecidos se cuentan por miles.”Ni siquiera los fiscales acusaron por el delito de sedición”, recordó. Por otra parte, y como patrocinante de los familiares de víctimas de la represión del 20 de diciembre de 2001 en los alrededores de la Plaza de Mayo, Pierini carga responsabilidades sobre por el entonces Secretario de Seguridad Interior, Enrique Mathov, al sostener que era quien debía velar por las garantías individuales de los ciudadanos, como el funcionario político a cargo del accionar de las Fuerzas de Seguridad.

Diariojudicial.com: ¿Cuál es la situación que se plantearía ante la posibilidad de que la Corte Suprema de Justicia se pronuncie por la constitucionalidad de las Leyes de Obediencia Debida y Punto Final, tal como se viene anunciando?

Alicia Pierini: La Corte tiene hoy en sus manos la declaración de la inconstitucionalidad de las leyes, al menos eso es lo que ha ido por recurso extraordinario en varios de los juicios que están dando vuelta y llegaron al máximo tribunal. El tema en si de la Obediencia Debida y el Punto Final hay que mirarlo desde distintos ángulos. Desde el punto de vista político tiene aristas distintas que desde el punto de vista estrictamente jurídico. Desde el Justicialismo nosotros estuvimos siempre en contra de esas dos leyes desde el momento en que se sancionaron. En el plano político el justicialismo no las votó: en uno de los casos no se bajó al recinto y en otro se votó negativamente. La votación fue nominal y consta en las actas tanto de diputados como de senadores.

DJU: ¿Cómo es entonces desde cada una de esas perspectivas?

AP: Desde el punto de vista jurídico y jurídico político si se quiere, todo el andamiaje que se construyó en el "84 tuvo y tiene puntos débiles tan grandes que han hecho que se fueran desmoronando uno a uno, porque se construyó sobre la hipótesis de la dogmática del Derecho Penal común y se aplicó el Código Penal Común. Para armar el Juicio a las Juntas se construyó sobre la base del Código Penal Común, y ni siquiera los fiscales acusaron por el delito de sedición. Sobre esa base, las pruebas, el sistema de garantías, toda la dogmática penal y procesal no tienen nada que ver con lo que hoy se dice en materia de violaciones a los Derechos Humanos. Hoy cuando se habla de violaciones a los Derechos humanos se habla de delitos de lesa humanidad, se habla desde la convenciones internacionales que hoy son de jerarquía constitucional.

DJU: ¿Entonces cómo habría que ver esas leyes?

AP: En la evaluación de estas dos leyes tenemos un proceso histórico, político y jurídico que las colocan en situación de conflicto y la mirada es obviamente distinta, porque desde el punto de vista jurídico esas leyes y ese andamiaje que se armó en el año 84 no tienen ningún correlato de sustentación con el actual andamiaje que habla de la desaparición de personas como un delito de ejecución continua. La Constitución es otra y lo que en su momento fue aparentemente constitucional lo era sobre la base de una construcción que parte de la dogmática penal común, que juzga por homicidios, por secuestros, no juzga por desaparición forzada, y por un sistema del derecho penal que no incorporaba los delitos que hoy consideramos que son delitos de lesa humanidad. Eso no estaba al tiempo de la comisión del delito ni al tiempo del juzgamiento.

DJU: Entonces ¿qué es lo que está en juego hoy?

AP: Hoy entran en juego otros principios garantistas del Derecho Penal. Yo creo que sería un gesto político de Estado importante inconstitucionalizar esas dos leyes aberrantes, sobre todo la de Obediencia Debida. Pero al mismo tiempo esas leyes no reavivan la persecusión penal, no producen efectos modificatorios sustanciales porque rige la ley penal más benigna, porque rige el sistema del “non bis in idem”, porque rige y debe regir la seguridad jurídica. No se pueda cambiar cada veinte años y decir "todo aquello se borra" y empezar de nuevo.

DJU: Pero en realidad existe un consenso entre aquellos que reclaman la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final...

AP: No pueden hacer revivir la acción penal, por un problema de seguridad jurídica y de irretroactividad de las leyes. En el Derecho Penal hay determinados principios de garantía penales y procesal penal que son mucho más importantes que todo lo demás. No se puede retroceder.

DJU: Existe, tal como se le atribuye a declaraciones del ministro de la Corte Adolfo Vázquez, la posibilidad que se declare la constitucionalidad de las Leyes ¿Que sucedería en este caso?

AP: Lo que sucede es que esas leyes no son constitucionales para la Constitución actual. Fueron constitucionales para la Constitución previa a la incorporación de los Tratados Internacionales. La reafirmación de la Constitución y de las Convenciones Internacionales es una Política de Estado.

DJU: ¿Las Convenciones Internacionales no parecen debilitarse en este contexto internacional?

AP: El sistema de las Naciones Unidas todavía existe, en proceso de raquitismo y enfermedad mortal, pero existe hoy, como existen esas Convenciones Internacionales suscriptas por los países que conforman ese organismo internacional. Lo que también existe es que el Estado ha seguido suscribiendo como Estado convenciones como el delito de desaparición forzada.

DJU: ¿Qué sucede con aquellos delitos que no estuvieron comprendidos por las leyes de Obediencia Debida y Punto Final?

AP: Esos delitos no están en cuestión. Acá en los tribunales tenemos los planteos de las Abuelas de Plaza de Mayo caminando (alude a los reclamos por la sustracción y supresión de identidad de criaturas secuestradas o nacidas en cautiverio) y todo lo que no es Obediencia Debida y Punto Final. Además están caminando todos los juicios entre comillas de "busqueda de verdad" y las investigaciones, porque eso no tiene nada que ver con esas leyes.

DJU: Usted está explicando desde el punto de vista jurídico-político que no se puede volver atrás, que no puede haber retroactividad en la aplicación de las leyes. ¿Pero esos delitos van a quedar impunes?

AP: Vamos a diferenciar: hay una gran cantidad de casos que están caminando porque están por fuera de la Obediencia Debida, que son estrictamente los casos de secuestro de chicos y la supresión de identidad. Esos casos no estuvieron nunca en las leyes de impunidad. De la misma manera que caminó en el juzgado de Claudio Bonadío los casos de personal civil involucrado en la detención y desaparición de los militantes Montoneros de la contraofensiva, porque era personal civil.

DJU: Entonces ¿Cuál sería el futuro de los casos que cayeron por la ley de Obediencia Debida?.

AP: Desde el punto de vista de las garantías se aplica la ley mas benigna. No hay retroactividad posible. No existe en la ley penal.

DJU: ¿Y desde el punto de vista político?

AP: Desde el punto de vista político es importante porque muestra la voluntad del Estado de rectificar lo que fue más que error una concepción nefasta que, por otra parte, ya no existe más porque ya no existe más la Obediencia Debida en el Código Militar. Se borró del sistema legal algo tan nefasto como es la creencia de la obediencia ciega. Lo que nosotros como trabajadores del Derecho tenemos que defender es siempre el sistema de garantías. Que el sistema de garantías beneficie a estos criminales porque no hay retroactividad de la ley penal, porque se aplica la ley mas benigna lo siento mucho, pero yo igual voy a defender ese sistema de garantías. Yo quisiera que se declaren inconstitucionales las dos leyes, porque creo que lo son, pero eso no me hace resucitar las causas ya fenecidas. No hay resurrección posible; no se puede ir para atrás.

DJU: Esa postura chocaría con los planteos de los organismo de Derechos Humanos?

AP: Los organismos tienen derecho a insistir en su persecusión a los criminales y en su persecusión de justicia. Yo no puedo obligar a los familiares a que piensen en términos de Política de Estado, pero desde la Política de Estado la seguridad del derecho Penal es elemental; no se puede juzgar dos veces ni se puede hacer la ley retroactiva.

DJU: ¿Desde su trayectoria por su participación en estos temas, usted no teme un enfrentamiento con los organismos?

AP: Los familiares y los organismos tienen una misión que es distinta a la del Estado. Es mantener la memoria, continuar con el reclamo de justicia. Lo que pasa es que la Justicia que se eligió en el año 84 estaba condenada a terminar siendo lo que fue: insuficiente. A Videla lo han condenado por 19 homicidios en un país donde está verificado que hay diez mil desapariciones y cinco o seis mil cadáveres encontrados. Es obvio que juzgarlo por diecinueve homicidios deja insatisfechos a los otros quince mil. Creo que los organismos tienen ese rol, lo cumplen y también han aprendido que el rol del Estado es otro.

DJU: En los últimos días Washington publicó un informe sobre la situación de los derechos humanos en América, mientras arrecian las criticas contra ese país por la invasión a Irak ¿Cómo ve usted este hecho y la situación en materia de Derechos Humanos?

AP: Es una cuestión compleja: desde esta parte del mundo no tenemos una información suficiente. En segundo lugar creo que lo que está en crisis es la totalidad del sistema, en tanto entran en crisis las Naciones Unidas y todo los principios rectores del derecho humanitario que se vienen fijando desde la Segunda Guerra Mundial hasta ahora, sin contar los anteriores como los Protocolos de Ginebra. Me parece que en este momento sería un poco prematuro evaluar porque se están violando por todos lados. También es una violación al derecho humanitario la voladura de las Torres Gemelas. En este momento de gran desorden la pregunta que uno debe hacer desde nuestro campo intelectual de Derechos Humanos es ¿cómo se va a volver a restablecer el orden?. El sistema de Naciones Unidas se mantuvo durante cincuenta años y en plena crisis no se pueden hacer evaluaciones.

DJU: Como patrocinante de los familiares del joven De Benedetto, muerto de un disparo en la cabeza, y de dos heridos en la avenida de Mayo durante los incidentes del 20 de diciembre, ¿Cómo ve la evolución de la causa judicial?

AP: Estamos en períodos de apelaciones por los presos y se está peleando y produciendo la prueba. Tenemos en algunos de los casos que la jueza ha cambiado la tipificación para transformarlos en excarcelables y en otros casos no lo ha hecho, e irán a Cámara. Es una causa muy compleja.

DJU: ¿En estos sucesos, hasta dónde cree usted que alcanza la responsabilidad política respecto a la toma de decisiones?

AP: Yo he sostenido desde el principio que hay responsabilidades políticas, que hay una fundamental que es la del Secretario de Seguridad (Enrique Mathov) y obviamente la hay de parte del Jefe de Policía, pero yo, que miro desde la esfera de los Derechos Humanos, siempre tengo que pensar quién es el garante de la vigencia de esos derechos en una circunstancia. En el caso del 20 de diciembre yo no puedo decir que el garante tiene que ser el jefe de Policia. El garante era el funcionario político que estaba a cargo en forma inmediata, quien estaba conduciendo el Comité de Crisis y el Consejo de Seguridad. Para mi la responsabilidad política fundamental está en el Secretario de Seguridad, es decir en el doctor Mathov.

DJU: ¿Y en la escala jerárquica?

AP: Le adjudico menor nivel de responsabilidad tanto al ministro del interior, el doctor Mestre (Ramón), hoy ya fallecido, como al presidente De la Rúa, porque yo soy de la teoría de que los presidentes no pueden hacerse cargo de todos los delitos que ocurran en el pais. Esta es mi postura que no es compartida por el resto de las querellas que extienden la responsabilidad penal y política hasta el presidente de la República. Existe dentro del Derecho Administrativo y de la práctica política del Estado la delegación de funciones; el presidente delega en el ministro y el ministro delega en el secretario de Estado. El secretario no puede delegar en nadie más. El es el garante de la seguridad y estaba en ese momento ejerciendo el cargo.

DJU: Durante esos hechos ¿ Las fuerzas de Seguridad actuaron sin control, o en una conducta similar a lo que se dió en llamar la mano de obra desocupada?

AP: El 20 de diciembre en Plaza de Mayo algunas cosas habrán sucedido de manera descontrolada y otras no lo fueron en absoluto. El hecho de que las fuerzas policiales salgan a la calle con postas de plomo no es un problema de descontrol sino que se ordenó que salieran equipados así. O que salgan a la calle en una situación de tumulto y de turbulencia popular con armas de fuego. Los principios elementales, los manuales de la acción antitumulto ordenan no salir con armas letales y aquí se aplicó un poder de fuego desproporcionado ante multitudes que no tenían armamento. Esto está absolutamente probado en el expediente, no hay una sola bala que haya partido de la gente; todas las balas partieron de las fuerzas de represión y es absolutamente ilegal reprimir con armas letales el disturbio social.

DJU: Usted ha vuelto a su actividad como abogada pero el “bichito” político no la tienta?

AP: Me pica un bicho político jurídico y jurídico político. Las circunstancias me han devuelto a mi actividad como abogada. Yo siempre hice derecho vinculado a la política, inicié mi vida profesional defendiendo presos políticos en el año 71. Yo no desligo ambos componentes y tengo una mirada política para lo jurídico y jurídica para lo político. Por eso las areas políticas en las que me muevo son más o menos siempre las mismas. Yo desde la Legislatura presido desde hace seis años la Comisión de Derechos Humanos , y desde el gobierno nacional estuve sólo en Derechos Humanos. Cuando me preocupo por la política lo hago sólo desde la vigencia del Derecho.

DJU: ¿Cuál imagina que es su futuro inmediato?

AP: Bola de cristal no tengo...

DJU: ¿Tampoco imagina una candidatura?

AP: En la circunstancia actual no la veo.



fernando aguinaga / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486