. Además, se aclara que esta actividad podrá llevarse a cabo siempre y cuando esto no interfiera con su función primordial de proveer al Estado Nacional de "dinero circulante, instrumentos de control y recaudación, documentos, y especies valoradas".
Así quedó establecido en el artículo 3° del Estatuto Orgánico de la "Sociedad del Estado Casa de la Moneda", según se expresa en el decreto publicado hoy.
Entre los servicios que la Moneda podrá prestar, figuran la "captura y proceso digital de datos, imágenes, códigos, sonidos y microchips, diseño y desarrollo de software, implementación de seguridad digital, teleproceso de información, impresión y/o grabación de bases de datos, importación, exportación y transmisión de los servicios relacionados con éstos".
El decreto reincorpora a la casa de la moneda dentro de la secretaría de hacienda dependiente del Ministerio de Economía en cuya órbita actuaba originariamente. Tal incorporación señala el decreto, obedece a que desde la creación la Secretaría de Hacienda cumple con las funciones de órgano asambleario según lo establecido en la Ley Nº 19.550, representando al Poder Ejecutivo en el ejercicio de dichas funciones.
Asimismo se mantienen vigente algunos servicios especiales para sus empleados, como el "comedor y refrigerio" que se presta desde 1994, aún cuando va en contra de lo dispuesto en diferentes normas de racionalización del gasto público.