22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Los que no pudieron votar

La juez federal con competencia electoral María Romilda Servini de Cubría alertó hoy al Ministerio del Interior acerca de “una importante cantidad” de electores que no pudo votar el domingo en los comicios presidenciales por diferencias en el tipo de documento exhibido y el que figuraba en los padrones, a la vez que los convocó a regularizar su situación a fin de ejercer su derecho en el ballottage del 18 de mayo.

 
Servini de Cubría, en una nota dirigida al Ministro del Interior Jorge Matzkin, señaló que en su distrito electoral “se ha detectado una importante cantidad de electores que se han visto impedidos de ejercer su derecho de sufragio el pasado 27 de abril de 2003 por registrar diferencias entre el tipo de documento de identidad otorgado por el Registro Nacional de las Personas y el registro en el padrón de electores del distrito”.

Por esa razón, requirió que “se extremen los controles de correlatividad” a fin de subsanar esa situación. La magistrada señaló que “en la mayoría de los casos resultan ser errores del Registro Nacional de las Personas que al otorgar la documentación no continúa con la correlatividad original (duplicado, triplicado, etc) retrocediendo en el orden y originando que los ciudadanos se vean impedidos de ejercer su derecho de sufragio”.

Para ello invocó el artículo 86 inc.3 del Código Electoral que establece que “no le será admitido el voto: a) si el elector exhibiere un documento cívico anterior al que consta en el padrón; b) al ciudadano que se presente con Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica y figurase en el registro con Documento Nacional de Identidad”.

Asimismo, señaló que en otras ocasiones resulta ser responsabilidad de los propios ciudadanos que han tramitado un nuevo ejemplar de documento y no lo han retirado del Registro nacional, y posteriormente se presentan a votar con el documento anterior

. Por último, exhortó a los ciudadanos que se encuentran en esa situación a que se presenten en la Secretaría Electoral a los efectos de regularizarla y poder así “ejercer su derecho de sufragio en la segunda vuelta a realizarse el 18 de mayo”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486