01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Todo bajo control

El Superior Tribunal de Justicia de Salta creó un sistema de auditorias como forma de contralor de la conducta de los jueces, los juzgados y el estado de las causas.

 
+El Poder Judicial de la provincia de Salta se encuentra sometido a una auditoria general, un mecanismo dispuesto por la Corte de Justicia provincial que pretende reunir datos sobre el nivel de eficiencia de los juzgados, el estado de las causas y el desempeño de los magistrados. La medida no registra antecedentes en el país.

Se trata de un mecanismo de auditorias acordado por el Máximo Tribunal provincial que comenzó a aplicarse en mayo pasado mediante la verificación de los libros, registros y causas atendidas por el juzgado en lo civil y comercial de Salta. En ese lugar el cuerpo de auditores reunió datos sobre el funcionamiento del tribunal, al tiempo que controló los horarios de trabajo cumplidos por funcionarios y empleados. De ahora en más esta será la metodología para auditar los juzgados restantes de la provincia, en base a un cronograma que tiene previsto realizar inspecciones hasta noviembre de este año.

Para el presidente del Máximo Tribunal de Salta, Miguel Posadas, el nuevo sistema tiende a “obtener un diagnóstico preciso e individualizado de cada uno de los juzgados para orientar, corregir y mejorar su funcionamiento”.

La nueva forma de control de los Tribunales inferiores no sólo fue creada para detectar anomalías sino también para conocer las inquietudes y necesidades de los jueces y el personal de las sedes judiciales. La información recopilada se incorporará a un sistema estadístico tendiente a la eficacia de la administración de justicia.

La Corte de Justicia dispuso este mecanismo de control en base a las “facultades ordenadoras, organizativas, directivas, disciplinarias y de vigilancia y control en el funcionamiento de los juzgados, el ejercicio de los funcionarios y empleados del sector”, otorgadas por la Constitución provincial en cuanto a la superintendencia de la administración judicial.

Por su parte, la ley orgánica del Poder Judicial provincial no sólo le da el poder a la Corte para ejercer control sobre la conducta de los magistrados y funcionarios de la justicia, sino que dispone que se deben realizar visitas de inspección a los tribunales inferiores por lo menos una vez al año.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486