El sábado, el juez dio por concluido en un proceso sumario el trámite de extradición de Astiz, y plasmó su resolución en un fallo de 26 carillas, que Diariojudicial.com publica íntegro.
El juez Álvarez Canale resolvió “no conceder” la extradición de Astiz requerida por Francia, por la desaparición en Alice Domon, y Léonie Duquet en diciembre de 1977 en Buenos Aires. De esta forma, es la tercera vez que se rechaza un pedido francés de extradición.
La primera vez fue el 19 de abril de 1985 y la segunda el 4 de octubre de 1990, que fue resuelta por el mismo juez Canale. Esa resolución anterior fue recordada por el fiscal Castaño para recusar al magistrado. Este trámite fue rechazado por el mismo juez y luego por su colega del Juzgado Federal 2 de Bahía Blanca, Luis Ramón Dardanelli Alsina.
Además, Álvarez Canale rechazó la recusación del fiscal por las declaraciones que este realizó a una radio de Buenos Aires, donde adelantó que Astiz podía ser juzgado en la Argentina si así lo elegía.
“No emití opinión alguna sobre el resultado de esta causa tan especial” dice el juez, quien además cita un libro de su autoría, “La instrucción procesal penal en la jurisprudencia (federal y nacional)” donde habla, precisamente, de los límites en las declaraciones periodísticas de magistrados sobre causas en trámite.
Luego de resuelto el trámite de apartamiento, el sábado, se realizó la audiencia donde el fiscal Castaño pidió que Astiz “sea juzgado por los jueces de la República Francesa” y remarcó “la falta de pronunciamiento por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación acerca de la inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida”.
El fiscal remarcó la “falta de certeza jurídica para abrir un juicio en el país que sí puede desarrollarse inmediatamente en el país requirente ante la Corte Francesa”, para justificar el pedido de extradición.
Para el juez, en cambio, no existen dudas sobre la inminencia de un juicio contra Astiz en la Argentina. Para Álvarez Canale, la postura fiscal “no resiste el menor análisis, pues la reapertura de los juicios que ordenara la Cámara Federal porteña demuestra lo contrario”.
También, Álvarez Canale valoró como argumento que impide la extradición de Astiz a Francia la letra de la ley 24.767 de cooperación internacional en materia penal, que dispone postergar la entrega de un imputado cuando éste “se encontrare sometido a un proceso penal en trámite o cumpliendo efectivamente una pena privativa de libertad, hasta que el proceso termine o se cumpla la pena.”
Francia insiste
Por su parte, la Cancillería francesa afirmó hoy que el proceso de extradición “no está cerrado”. Una portavoz del ministerio galo explicó que “el fiscal Antonio Castaño debe hoy mismo apelar esta decisión ante el Tribunal Supremo”, en referencia a la Corte Suprema de Justicia.
Astiz estuvo detenido durante el fin de semana en dependencias de la Prefectura Naval de Ingeniero White, cerca de Bahía Blanca, y volvió a Buenos Aires esta mañana, para seguir cumpliendo la detención ordenada la semana pasada por el juez federal Sergio Torres.
Por su parte, en declaraciones radiales Álvarez Canale dijo esta mañana que su rechazo a la extradición de Astiz “no significa impunidad” ya que “en modo alguno significa que no será juzgado por los hechos que se le imputan” al represor.