04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

La responsabilidad del farmacéutico

Una técnico auxiliar de farmacia podría ser multada e inhabilitada por la justicia española porque se supone que suministró sin receta un medicamento a una clienta que lo solicitó para matar a su perro convaleciente, pero que falleció tras haberlo ingerido ella.

 
El Juzgado de lo Penal de Avilés, en España, estudia el requerimiento de la fiscalía que solicitó la aplicación a la acusada de una multa de 2.790 euros más la inhabilitación para el ejercicio de la profesión durante un año y tres meses.

Así lo solicitaron a los magistrados los fiscales que entienden como “delito contra la salud pública” lo sucedido en este caso donde una farmacéutica habría accedido al pedido desesperado de una anciana que solicitaba un medicamento sin receta alegando que lo necesitaba para darle muerte a su perro que agonizaba, pero que finalmente murió al ingerirlo ella.

El hecho ocurrió el 17 de setiembre de 2001, cuando J.A.R. entró en la farmacia ubicada en el concejo de Valdés y manifestó a la acusada que tenía un perro malherido y por ello requería urgentemente un medicamento para darle muerte, de acuerdo a lo referido por la fiscalía.

Todo indicaría que a pesar de que la clienta no pudo aportar la necesaria receta del facultativo de veterinaria, la acusada le suministró un medicamento de ingestión oral compuesto de una sustancia nocivo la que finalmente J.A.R. no utilizó con ningún animal sino que se lo autosuministró y fue encontrada posteriormente muerta en su domicilio.

El medicamento que reclamó la anciana, aparentemente sin receta, es una especialidad farmacéutica de uso humano autorizada por el Ministerio de Sanidad y Consumo, con la calificación de uso hospitalario, por lo que las farmacias no pueden despacharlo al público y sólo sería posible su venta en caso de que se cuente con prescripción veterinaria, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81 del Real Decreto 109/95 del 27 de enero sobre medicamentos veterinarios.

Por ello la fiscalía acusó a la técnico auxiliar de Farmacia de infringir este reglamento y también los artículos 31, 43 y 49 de la Ley 25/90, pidiendo por esto una pena de multa y la inhabilitación en el ejercicio de su profesión, ya que se entiende probado que ha cometido un delito contra la salud pública que especifica el artículo 360 del Código Penal.

Sin embargo, se cree que en este caso no existen circunstancias agravantes de responsabilidad criminal, ya que no existe ningún nexo causal entre el fallecimiento y la conducta de la acusada, quien habría mentido a la farmacéutica para tomar ese medicamento y suicidarse, o que lo habría ingerido por error, hipótesis que no cambian sin embargo la supuesta culpabilidad de la demandada de vender sin receta un medicamento que sí requiere ese procedimiento.



dju / dju
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